En oficio 194/76, que dirige la Contadur铆a General de Glosa, en el que comunica que la cuenta de la Tesorer铆a Municipal, correspondiente al mes de Septiembre del presente a帽o, a cargo de Francisco Javier Delgado Gayt谩n, result贸 correcta.
En oficio no. 18969, que dirige el Juez de Distrito en el Estado, en el que notifica la ejecutoria pronunciada por el Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, en el juicio de amparo no.368/76, promovida por Felipe Brizuela Amador, declar谩ndose que la justicia de la Uni贸n, ampara y protege al quejoso de los actos que reclama del Tesorero Municipal y agente Fiscal Ejecutor, aunque no en todos sus puntos.
Como lo solicita Miguel Salazar Torres, se le autoriza el cambio del negocio que tiene establecido en Maclovio Herrera no.100, a la casa marcada con el no.111, de la calle Centenario, debiendo reunir previamente el local, los requisitos sanitarios que la Ley establece.
Se autoriza a Crescenciano Orozco N煤帽ez, para que establezca un expendio de ultramarinos, vinos, licores y productos enlatados, en la casa marcada con el no.47 de la calle Jos茅 Antonio D铆az en esta Ciudad; debiendo venderse exclusivamente en botella cerrada.
Se autoriza a Distribuidora Moctezuma de Colima, S.A., para que establezca dos dep贸sitos de cerveza, en envase cerrado y para consumo fuera del local, en Guti茅rrez N谩jera no.421 y L谩zaro C谩rdenas no.53. No se le autorizan los dep贸sitos que solicita, en domicilio conocido de Corralitos, Col. y Av. de los Maestros no.354, con relaci贸n al negocio denominado El Salado que pretende reabrirse, requiere previamente la intervenci贸n de la Delegaci贸n de Turismo y una vez que se conozca su opini贸n, se acordar谩 lo conducente.
Como lo solicita Ing. V铆ctor M. Moreno G贸mez, en su calidad de Presidente del Consejo de Administraci贸n de Fraccionadora Colim谩n, S.A., en escrito y en virtud de que el Fraccionamiento Jardines de la Corregidora de su propiedad, ha satisfecho todos los requisitos legales y se encuentra poblado en un 80%, procede recibir oficialmente por el H. Ayuntamiento el Fraccionamiento que se cita. Sobre el Fraccionamiento Camino Real, no procede acceder a su petici贸n y que mientras se encuentre despoblado no se le puede proporcionar ninguna clase de colaboraci贸n.
D铆gasele a Mar铆a Trinidad Fuentes de G贸mez, que las playas del arroyo de Pereyra, que solicit贸 en venta, se encuentran destinadas para reserva territorial y que en consecuencia, no es posible autorizar su venta.
En escrito que dirige Fernando Villasante Vivanco, Presidente del Consejo de Administraci贸n de Empresas Colimenses, S.A., en el que solicita le sea vendido el lote de playa municipal que se encuentra ubicado en el margen izquierdo del R铆o de Colima, zona catastral no.1. El Cabildo, aprob贸 vender el lote en el precio que determine el aval煤o bancario correspondiente y previa autorizaci贸n de H. Legislatura Local.