Celebrar sesión del Cabildo, de acuerdo a las facultades que para tal efecto les concede la Ley Orgánica Municipal en su artículo 35, con el objeto de constituir el Comité de Educación que tendrá como objetivo principal lograr la participación en los diferentes sectores representativos a nivel municipal, para que se garantice que todos los niños en edad escolar asistan y reciban su educación primaria.
El Comité de Educación se regirá en su aspecto interno por los estatutos que se anexan a la presente Acta de Cabildo y serán obligatorios.
Se nombra a los integrantes del Comité.
Una vez que se integró el Comité, el Presidente Municipal y los miembros del Cabildo, de acuerdo a las facultades que les concede la Ley Orgánica Municipal en su artículo 35, acuerdan publicar en solemne ceremonia el próximo 25 del mes de julio de este año, en bando municipal al acta de constitución del Comité de Educación, la cual surtirá efectos logrados a partir del siguiente día de su publicación oficial.