Sesión ordinaria del día veintisiete de octubre de mil novecientos diecisiete.
Asistencia e los Ciudadanos de la Vega, García, Pérez Andrade, Aguayo, Jiménez y Llerenas.
Abierta la sesión la Secretaría dio lectura al acta de la anterior que fue aproada y a los siguientes documentos:
Oficios
Del Gobierno del Estado.
Uno, contestando de enterado de los cortes de caja practicados por la Tesorería Municipal, correspondientes a los meses de mayo, junio y julio próximo pasados; y suplica que en lo sucesivo de le envíen por duplicado dichos documentos para que un ejemplar vaya a la Imprenta para su publicación y otro al archivo. Comisión de Hacienda.
Otro, contestando de enterado del oficio que este H. Ayuntamiento le giró bajo el número 823, relativo a la aprobación acordada por esta Corporación para erogar el gasto que ocasione la adquisición de los patrones y útiles necesarios en la Oficina Verificadora de Pesas y Medidas de esta ciudad. El Ciudadano Presidente manifestó que e día veintitrés del actual en vista de la urgente necesidad de contestar al Gobierno lo hizo, aprobando el gasto por la Tesorería Municipal. Fue aprobado por unanimidad el acuerdo económico.
Del ciudadano Tesorero Municipal, transcribiendo oficio del Tesorero General del Estado en que le participa haber cargado por orden del Ciudadano Gobernador a cuenta de este Municipio y a cuenta del porcentaje de la propiedad raíz la suma de ($259.00) doscientos cincuenta y nueve pesos valor raíz que le adeudaba el Municipio a la Señora Luisa R. de Zurita y pide a que partida debe cagar la suma referida. Comisión de Hacienda.
Del Director de la Escuela de niños de Lo de Villa, en que desea se le de empleo en alguna de las Escuelas de esta ciudad. Comisión de Instrucción Pública.
Acuerdos
Se da cuenta con el oficio número 279 del Juzgado de lo Criminal en que le pide declaración sobre el mismo incidente, sobre la protesta de la Constitución local por instrucciones del Procurador de Justicia; así como pidiendo que se presente el personal de esta H. Corporación a las 9 a.m. de este día para que sea examinado en la forma prescrita por el mismo Procurador.
El Ciudadano Presidente contestó al referido oficio del Juez de lo Criminal bajo el número 825. Que
En vista de las dudas que origina la inquisitiva del Juzgado, le remite copia impresa del acta relativa a la sesión del primero de septiembre próximo pasado.
Se da cuenta también por el mismo Ciudadano Presidente de que volvió con la misma insistencia a presentarse en la Secretaría del Ayuntamiento el personal del Juzgado de lo Criminal presentando un oficio dirigido a él por el Presidente, digo Procurador de Justicia, en que le dice que habiéndose concretado la diligencia de inspección en el proceso que se instituye en contra de los Municipales
Que integran el H. Ayuntamiento de esta ciudad no en el Libro de Actas respectivo son en el legajo especial de protestas, se inspeccione el mencionado Libro a fin de averiguar si efectivamente protestaron el primero de septiembre del corriente año y existe el acta autorizada en forma que pruebe el texto, objeto de dicha averiguación……………Igualmente……….
A lo que el Ciudadano Presidente contestó al personal del Juzgado: - Que el Ayuntamiento Constitucional de Colima está legítimamente constituido desde el día primero de octubre de mil novecientos dieciséis y que ha procurado siempre en todos sus actos ceñirse a la ley: - Que no considera culpabilidad alguna en él para que se le instruya el proceso que dice el ciudadano Procurador General de Justicia en su oficio número veintiuno de fecha veintidós de los corrientes dirigido al Ciudadano Juez de lo Criminal: - Que para informarse de lo que solicita bastaría su dicho que hace de, - Que por este procedimiento que se usa con él considera atacados sus derechos como particular que goza de un derecho con que el voto popular lo ha investido y que para ese proceso no existe causa ni procedimientos justificados, protestando por ello, permitiéndose llamar la atención del Ciudadano Juez, sobre que imputándosele un delito oficial y gozando de fueros, el procedimiento debe sujetarse a lo mandado en los artículos 121 y 122 de la Constitución Política del estado, y por lo tanto estima que el Ciudadano Juez no es competente para instruir tal proceso.
Enseguida la Secretaría da cuenta con otro oficio del mismo Juzgado, que dice: - “Al margen = Un sello que dice: “Juzgado de lo Criminal – Colima”. = Número 284. = Dentro = En las diligencias que pidió el Ciudadano Procurador General de Justicia del Estado se practicarán para investigar si el H. Ayuntamiento local había o no rendido la protesta de la Constitución Política de esta Entidad Federativa, con fecha de hoy, recayó un acuerdo, que dice: “No siendo competencia de este Juzgado la presente averiguación, en virtud de lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política del Estado, pues se inició aquella contra el H. Ayuntamiento local, a moción del Señor Procurador General de Justicia, el Juez que subscribe, con fundamento en el artículo citado, se declara incompetente para conocer del siguiente juicio, y dispone se remita lo actuado al Supremo Tribunal de Justicia para lo que a bien tenga disponer = Notifíquese; y por medio de oficio, con inserción de este auto, al Ciudadano Presidente Municipal. = Lo decretó el Ciudadano Juez de lo Criminal”…… = A escrito número 24, recibido del Ciudadano Procurador ya citado, hoy a las doce meridiano, recayó un auto, que así dice: = “De acuerdo con lo pedido por el Ciudadano Procurador General de Justicia del Estado, en su oficio número veinticuatro, de hoy, que se agrega, dese por concluida la presente averiguación, incluyendo en la notificación que se hará al Ciudadano Presidente Municipal, del auto que procede la inserción de este proverbio. = Notifíquese. = Lo decretó el ciudadano Juez del Ramo Penal” = Lo que tengo a honra transcribir a Ud. Para los fines legales correspondientes, renovando a Ud. Mi consideración distinguida. = Constitución y Reformas. = Colima, a 27 de octubre de 1917. = Firmado = J. M. González Olivares. = Al C. Presidente Municipal. = Presente.
Se aprobó el económico del Ciudadano Presidente en que libró oficio al Ciudadano Comisario Municipal de Tepames, a fin de que proceda a la formación del Censo de habitantes de ese pueblo.
El Ciudadano Presidente expuso: que habiendo concluido el tiempo reglamentario de la sesión, pide a la H. Asamblea se prorrogue está por el tiempo necesario para estudiar el Proyecto de Presupuesto de egresos que comenzará a regir el día primero del entrante mes de noviembre. Aprobado, se dio lectura a las partidas que contiene, habiendo estas quedando en definitiva aprobadas de conformidad como lo indica la iniciativa de la propia Comisión de Hacienda, en que acompañó dicho Presupuesto en sesión del veinticuatro de los corrientes, acordándose se pase una copia certificada al Ciudadano Tesorero Municipal para los efectos correspondientes.
Proyecto de Presupuesto de egresos del Municipio de Colima, formado por la Comisión de Hacienda del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima para que se ponga en vigor desde el día 1º de noviembre próximo hasta el día 30 de junio de 1918.
7 Un Tesorero y Recaudador Municipal $8.00 $2920.00
8 Un tenedor de Libros Encargado de la
Sección de Ejidos $3.33 $1215.45
9 Un Ayudante del anterior $1.80 $657.00
10 Un oficial 1º E de la Recaudación $2.50 $912.50
11 Dos Oficiales liquidadores,
a $1.87 c/u $3.74 $1365.10
12 Dos Escribientes auxiliares
a $1.75 c/u $3.50 $1277.50
13 Dos Agentes Fiscales,
a $1.62 cada uno $3.24 $1082.60
14 Un Conserje – Escribiente $1.25 $456.25
15 Gastos de escritorio $025 $91.25 $9977.65
Rastro de la Ciudad
16 Un Administrador $3.00 $1095.00
17 Un Ayudante $2.00 $730.00
18 Un Celador $1.50 $547.50
19 Tres mozos a $1.00 cada uno $3.00 $1095.00
20 Un mozo portero $1.00 $365.00
21 Gastos de escritorio $0.05 $18.25 $3850.75
Mercados y Rastrillos
22 Un Administrador $3.00 $1095.0
23 Dos Inspectores a $1.75 cada uno $3.50 $1277.50
24 Cuatro Cobradores a $1.50 cada uno $6.00 $2190.00
25 Dos Veladores a $1.25 cada uno $2.50 $912.50
26 Dos mozos para el aseo a $1.00 c/u $2.00 $730.00
27 Gastos de Escritorio $0.05 $18.25 $6223.25
Inspección Municipal
28 Un Inspector Municipal $2.50 $1277.50
29 Un Ayudante del mismo $1.50 $547.50
30 Gastos de escritorio $0.05 $18.25 $1843.25
Registro Civil de la Capital
31 Un Juez $4.00 $1460.00
32 Dos Escribientes a $2.00 cada uno $4.00 $1460.00
33 Un Conserje $1.25 $456.25
34 Un Administrador del Panteón Civil $2.00 $730.00
35 Tres sepultureros a $1.50 cada uno $4.50 $1642.50
36 Gastos de escritorio $0.20 $73.00 $5821.75
Fontanería
37 Un Fontanero $2.00 $730.00
38 Un Ayudante del anterior $1.00 $365.00
39 Un Celador del río $1.50 $547.50
40 Un Ayudante del anterior $1.00 $365.00 $2007.50
Oficina Verificadora de Pesas y Medidas
41 Un Encargado de la Verificación $2.00 $730.00
42 Un Ayudante Conserje $1.25 $456.25
43 Gastos de escritorio $0.05 $18.25 $1204.50
Inspección General de Policía
44 Para gastos de representación al
Inspector General, cuyo cargo
corresponde al Presidente
Municipal. $10.00 $3650.00
45 Un Secretario $3.33 $1215.45
46 Un Oficial 1º $2.25 $821.25
47 Un Escribiente $1.87 $682.55
48 Un Conserje – Escribiente $1.25 $456.25
49 Un Fotógrafo $1.20 $438.00
50 Gastos de escritorio $0.25 $91.25 $7354.75
Comisión de Policía
51 Un Comisario $3.00 $1095.00
52 Un Secretario $2.00 $730.00
53 Un Escribiente $1.80 $657.00
54 Gastos de escritorio $0.20 $73.00 $2555.00
Policía Municipal
55 Un Comandante montado $3.50 $1277.50
56 Un Oficial ayudante $2.50 $912.50
57 Dos Agentes montados a $2.25 c/u $4.50 $1642.50
58 Dos Sargentos infantes a$1.75 c/u $3.50 $1277.50
59 Cuatro gendarmes montados
a $1.75 c/u $7.00 $2555.00
60 Cuarenta infantes a $1.50 c/u $60.00 $21900.00
61 Para vestuario y equipos comprados $10.00 $3650.00 $38215.00
Prevención
62 Un Alcaide para la de hombres $2.00 $730.00
63 Un Ayudante para el mismo $1.50 $547.50
64 Gastos de escritorio $0.05 $18.25 $1879.75
Proveedurías
67 Para alimentación de detenidos a
$0.30 cada uno $15.00 $5475.00
68 Para alimentación de enfermos
a $0.30 cada uno $15.00 $5475.00
69 Medicinas para los anteriores $10.00 $3650.00 $14600.00
Limpieza Pública
70 Un Alcaide del tren de carros $2.50 $912.50
71 Un Mozo para el corral $1.50 $547.50
72 Doce carreteros a $1.00 cada uno $12.00 $4380.00
73 Forraje para quince mulas
a $0.30 c/u $4.50 $1642.50
74 Para reparaciones de carros y
guarnición $5.00 $1825.00 $9307.50
Mejoras Materiales
75 Cinco carretones a $1.00 cada uno $5.00 $1825.00
76 Forraje para doce mulas
a $0.30 c/u $3.60 $1314.00
77 Para reparación de carros y
guarniciones $3.00 $1095.00
78 Para sostenimiento de acueductos y
pavimentos, como sigue:
Diez peones a $1.00 cada uno $10.00 $3650.00
Dos capataces a $1.50 cada uno $3.00 $1095.00
79 Para conservación de Edificios
Municipales y Escuelas $1000.00 $9979.00
Calzadas
80 Un Capataz $1.50 $547.50
81 Cuatro peones a $1.00 cada uno $4.00 $1460.00
82 Para terminación de las mismas $1000.00 $3007.50
Juzgado Constitucional
83 Un Juez Menor $5.00 $1825.00
84 Un Secretario $2.50 $912.50
85 Un Conserje ejecutor $1.50 $547.50
86 Gastos de escritorio $0.20 $73.00 $3358.00
Sección de Sanidad
87 Un inspector $1.75 $638.75
88 Un Administrador de la Vacuna $1.75 $638.75
89 Un Ayudante del anterior $2.00 $730.00
90 Para auxiliares comprobados $1.00 $365.00 $2281.25
Paseos Públicos y Jardines
91 Un Jefe de jardines $2.00 $730.00
92 Un Ayudante del anterior $1.50 $547.50
93 Doce jardineros peones a $1.00 c/u $12.00 $4380.00
94 Un Capataz para el Parque Hidalgo $1.50 $547.50
95 Seis peones para el Parque Hidalgo
a $1.00 cada uno $6.00 $2190.00 $8395.00
Alumbrado Público
96 Para pago de la Compañía Hidro-
eléctrica Occidental S.A., anual $15000.00
97 Para pago de la deuda anterior $2500.00 $17500.00
Gastos extraordinarios
98 Para atención de los gastos que
hayan de erogarse y que no están
presupuestados $10000.00 $10000.00
Teléfonos
99 Para el servicio de doce aparatos
Telefónicos a $3.00 mensual c/u $432.00 $432.00
Juzgados foráneos del Registro Civil
100 Un Juez del Registro Civil de
Tepames $1.50 $547.50 $547.50
Festividades Cívicas
101 Para las que se celebren en el año $1000.00 $1000.00
Créditos Pasivos
102 Para autorización de la deuda
contraída con el Banco Occidental
de México, Sucursal en Colima $5000.00 $5000.00
Educación Pública
Escuela Superior “Ramón R. de la Vega”
103 Un Director $3.00 $1095.00
104 Un Ayudante del Sexto año A $2.43 $886.95
105 Un Ayudante del Sexto año B $2.43 $886.95
106 Un Ayudante del Quinto año A $2.43 $886.95
107 Un Ayudante del Quinto año B $2.43 $886.95
108 Un Ayudante del Cuarto año $1.80 $657.00
109 Un Ayudante del Tercer año $1.80 $657.00
110 Un Ayudante del Segundo año $1.80 $657.00
111 Un Ayudante del Primer año $1.80 $657.00
112 Un Portero Mozo $1.00 $365.00 $7635.80
Escuela Superior “Donato Guerra”
113 Una Directora $3.00 $1095.00
114 Una Ayudante del Sexto año A $2.43 $886.95
115 una Ayudante del Sexto año B $2.43 $886.95
116 Una Ayudante del Quinto año A $2.43 $886.95
117 Una Ayudante del Quinto año B $2.43 $886.95
118 Una Ayudante del Cuarto año $1.80 $657.00
119 Una Ayudante del Tercer año $1.80 $657.00
120 Una Ayudante del Segundo año $1.80 $657.00
121 Una Ayudante del Primer año $1.80 $657.00
122 Una Portera $1.00 $365.00 $7635.80
Escuelas Elementales
123 Seis Directoras técnicas de las
Escuelas “Filantropía”, “La
Independencia” “La Reforma”,
"La Libertad”, “La Constitución”
y “La Paz” a $2.43 c/u $14.58 $5321.70
124 Seis Directores técnicos de las
Escuelas “Hidalgo”, “Zaragoza”,
“Morelos”,“Medellín”,“Ignacio
Ramírez”, y “Pedro Rodríguez”.
a $2.43 cada uno $14.58 $5321.70
125 Cincuenta y cinco Ayudantes
Señoritas a $1.80 cada una $99.00 $36135.00
126 Siete Ayudantes varones a $1.80 c/u $12.60 $4599.00 $51377.40
Kinder-Garden
127 Una Directora $2.43 $886.95
128 Una Ayudante $1.80 $657.00 $1543.95
Escuelas de carácter especial
129 Una Directora de adultos
“Leona Vicario” $2.00 $730.00
130 Dos Ayudantes a $1.20 cada una $2.40 $876.00
131 Alumbrado $0.12 $43.70 $1640.70
Escuelas Mixtas
132 Diez y siete Directoras de las Escuelas
Pueblo Viejo, Capacha, Chapa,
El Trapiche, Los Limones, Cardona,
Buena Vista, La Estancia, Jiliotupan,
Los Ortices, Quesería, San Joaquín,
El Cóbano, Colomitos, Alcaraces, La
Armonía y Los Asmoles a $1.87 cada
uno $31.79 $11703.35
133 Cuatro Ayudantes de las Escuelas
“Los Limones, Cardona, Buena Vista
y La Estancia a$1.20 c/u $4.80 $1752.00 $13455.35
Escuelas Foráneas
134 Cuatro Directores de las Escuelas
Foráneas de niños de Tepames y Lo
De Villa a $1.87 cada uno $7.84 $2730.20
135 Cuatro Ayudantes de los anteriores
a $1.20 cada uno $4.80 $1752.00
136 Dos Directores para las Escuelas
del Pueblo Cuauhtémoc a $1.87 cada
Uno $3.74 $1365.10
137 Dos Ayudantes de las Escuelas
Anteriores a $1.20 cada uno $2.40 $876.00 $6723.30
Profesores especiales
138 Dos Profesores de Dibujo para las
Escuelas Superiores a $1.80
cada uno $3.60 $1314.00
139 Dos profesores de Solfeo y canto
Para las Escuelas Superiores
a $1.80 c/u $3.60 $1314.00
140 Dos Profesores de Dibujo para las
Escuelas Elementales a $1.80 c/u $3.60 $1314.00
141 Dos profesores de Coros para las
Escuelas Elementales a $1.80 c/u $3.60 $1314.00 $5256.00
Rentas de Locales
142 Para pago de rentas de locales de
Las Escuelas “Donato Guerra”,
“Ramón R. de la Vega”, “Hidalgo”,
“Medellín”, “Zaragoza”,
“Constitución”, “Filantropía”,
“Leona Vicario”, “La
Independencia”, “La Libertad”,
“La Reforma”, “Ignacio Ramírez”,
“Lo de Villa” y “Los Limones”,
Cálculo anual $7000.00 $7000.00
Gastos Generales de Institución
143 Para útiles escolares, mobiliario,
reparaciones de éste, gastos menores
de material de enseñanza, aseo, higiene,
gastos de exámenes, fiestas escolares
y útiles de Sport, cálculo anual $10000.00 $10000.00
Total $252,596.07
Doscientos setenta y siete mil quinientos noventa y seis pesos setenta centavos A moción del Ciudadano Pérez Andrade se acordó que desde el primero de los corrientes de abone el sueldo de ($1.80) un peso ochenta centavos diarios al Ciudadano Eusebio V. Sánchez, Profesor de Canto en las Escuelas Elementales de esta ciudad, en virtud de habérsele llamado a desempeñar el primero del mes entrante ganarán los Profesores Especiales esa cantidad. Aprobado y comuníquese al Tesorero.
No habiendo otro asunto que tratar, se levantó la sesión. = E.R. = diarios. = Vale.