Libro:86, Acta:54, Periodo: 1913
Fojas: 7v-8v
Clasificación: F33 Posición 1
Sesión: Extraordinaria
Fecha:1913-03-10
Sesión ordinaria del día 10 de marzo de 1913. Asistencia de los C.C. Padilla, Gallardo, Villalobos, Santana, Jiménez, Rubalcaba y Alcaraz.
Abierta la sesión el C. Presidente dijo que el motivo de ella es una comunicación del Administrador del Sitio de coches de fecha de ayer en que participa que la cocheros de sitios se retiraron del servicio por vejaciones de la Prefectura política; y un ocurso fechado ayer también que varios cocheros de sitio elevan al Ayuntamiento, suplicándole intervenga para que cesen las vejaciones expresadas que las hacen consistir en que no se les permite por la policía recoger los pasajeros de los hoteles, pasearse en las calles cuando andan en servicio ni trabajar en la noche en horas extraordinarias sin el permiso correspondientes, y en que los asuntos del servicios se les amenaza frecuentemente con la cárcel.
A moción del C. Presidente se dispensó del trámite de Comisión el expresado ocurso en atención a la importancia del asunto como un servicio público de absoluta necesidad para la sociedad y de interés particular con él relacionado.
Puesto a discusión el punto a iniciativa del mismo C. Presidente se acordaron las medidas siguientes:
1ero. Se emitirá a los conductores de coches del servicio público situarse frente a los hoteles que dan frente a la plaza principal, frente a Palacio y al costado sur de la plaza de “la Libertad” siempre que se coloquen convenientemente afín de no estorbar el tránsito público y permaneciendo los cocheros en los pescantes, salvo en tiempo indispensable para recibir pasajeros y cajas de camino.
2do. Para usar del permiso a que se refiere el punto anterior, los cocheros sólo estarán frente a los hoteles en la parte de la plaza que se ha expresado desde las seis y media a las ocho y quien ce minutos de la mañana y fuera de esa hora sólo podrán detenerse lo indispensable como sucede en el servicio ordinario.
3ero. No será necesario en lo sucesivo permiso escrito para el servicio nocturno o de velada, sino que a la tales horas los carruajes estarán sujetos a la sobrevigilancia de la policía.
4to. Los cocheros no podrán abandonar sus carruajes para solicitar pasajeros en la Estación, sino que permanecerán en los pescantes de conformidad con el reglamento; y en el servicio de la ciudad solamente se detendrán en las calles el tiempo indispensable.
5to. Suplíquese atentamente a la Prefectura Política que solamente procesa contra los cocheros por sus faltas y delitos personales, y que por lo que respecta a las deficiencias de carruajes y remuda se requiera y castigue en su caso a los dueños de carruajes.
Se dispuso además comenzar con lo anterior a la Prefectura Política para su cumplimiento y transcribir el oficio relativo al Gobierno solicitando su apoyo y al Administrador del sitio de coches para su conocimiento y sin más asunto se levantó la sesión.
Trinidad Padilla



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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