Libro:90, Acta:2, Periodo: 1918
Tomo: III, Fojas: 2f-3f
Clasificación: F34 Posición 2
Sesión: Instalación del Ayuntamiento Constitucional de Colima 1918
Fecha:1918-01-01
Acta de Instalación del Honorable Ayuntamiento Constitucional electo para funcionar desde el 1o de Enero hasta el 31 de Diciembre de 1918.
En la ciudad de Colima, a las diez de la mañana del día primero de enero de mil novecientos dieciocho, reunidos en el Salón de sesiones del H. Ayuntamiento los Ciudadanos Salvador Alcázar, Profesor Carlos Ibarra, Genaro Rodríguez, J. Jesús Curiel, Secundino Gutiérrez Vergara, Florencio Puente, Faustino Martínez y Salvador G. Solórzano, se abrió la sesión bajo la presidencia del primero, quien dio lectura al artículo cuarenta y seis de la Ley Electoral vigente, que a la letra dice: = "Artículo 46. Hecha la calificación de las elecciones, el día primero de enero se declararán legítimamente instalados los Ayuntamientos, prestando antes los Munícipes la protesta prevenida por la Ley. El Presidente electo ante el saliente y los demás Munícipes ante aquel, un día antes de la instalación".
En seguida, el Ciudadano Presidente Municipal hizo la siguiente:
Declaratoria
Queda solemne y legítimamente instalado el H. Ayuntamiento Constitucional de Colima que funcionará desde el día primero de enero hasta el día treinta y uno de diciembre del año de mil novecientos dieciocho.
Y por cuyo motivo, a fin de que sea reconocida la personalidad de los Munícipes de este H. Ayuntamiento, funcionarán con el carácter que les corresponde de conformidad con el artículo primero transitorio, fracciones I y II de la citada Ley Electoral vigente para los Ayuntamientos, que dicen:
I. Los Regidores primero y segundo propietarios, fungirán como Presidentes Municipales: el primero durante los seis primeros meses del periodo y el segundo los seis restantes. En defecto de los propietarios, se llamará a los suplentes para que funjan como Presidentes, ya sea interina o definitivamente.
II. Los Munícipes electos en primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, y séptimo lugar tendrán el carácter de Regidores, y los designados en octavo y noveno, el de Síndicos, por lo que respecta al Ayuntamiento de la Capital; tratándose de los Ayuntamientos foráneos, los selectos en primero, segundo, tercero y cuarto lugares tendrán el carácter de Regidores y el quinto el de Síndico".
La Secretaría dio lectura al acta de toma de protesta de los nuevos Munícipes electos rendida por ellos mismos, la cual fue aprobada.
En estos momentos, se presentó el Ciudadano Antonio Gómez Guerra, electo cuarto Munícipe suplente, a quien le fue tomada la protesta de ley en los términos ya referidos en el acta anterior, y a quien se le reconoce su personalidad de cuarto Regidor suplente, conforme a las fracciones anteriormente citadas.
A continuación, el Ciudadano Presidente Municipal propuso se nombrara las Comisiones Permanentes, y, puesta a discusión, se acordó proceder al nombramiento de las mismas de la manera siguiente:
Hacienda y Mejoras Materiales. El C. Salvador Alcázar, Genaro Rodríguez y Francisco Martínez.
Policía y Sanidad. C.C. Salvador G. Solórzano, H. Jesús Curiel y José R. Anzar.
Instrucción Pública. C. Profesor Carlos Ibarra.
Diversiones y Alumbrado. C.C. Faustino Martínez, Secundino Gutiérrez V. y Profesor Carlos Ibarra.
Ejidos. C.C. Secundino Gutiérrez V., Genaro Rodríguez y Salvador G. Solórzano.
Abastos y Panaderías. C. Florencio Puente.
Fuentes y Mercados. C.C. Genaro Rodríguez y Salvador Alcázar.
Comercio. C.C. Salvador G. Solórzano, Genaro Rodríguez y Salvador Alcázar.
Así mismo se acordó que los días de sesiones de este H. Ayuntamiento Constitucional se verificarán los días lunes y viernes a las 8 p.m.
Y se levantó la sesión, acordándose por último participar a las autoridades federales, civiles y militares del Estado la instalación de este H. Ayuntamiento.
Alcázar.
J. Guadalupe Michel. Secretario.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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