Libro:83, Acta:88, Periodo: 1908-1909
Fojas: 96v-97f
Clasificación: F32 Posición
Sesión: Ordinaria
Fecha:1909-10-20
Sesión ordinaria del día 20 de octubre de 1909.
Reunidos los C.C. Robles, Gallardo, Palencia, Quiroz, Núñez, Díaz, Silva y Pamplona, se declaró abierta la sesión y la Secretaria dio cuenta con el acta del cabildo anterior, aprobándose sin discusión.
Enseguida se leyó lo siguiente:
Recibo de colecta para Monterrey. Un oficio de la Secretaría de Gobierno acusando de recibo, de la remesa final de $96.62 cs por saldo de la colecta hecha a beneficio de las víctimas de Monterrey. A su expediente.
Nueva licencia al Alcalde Francisco C. Solorzano. Otro de la Secretaría del tribunal de Justicia participando la prórroga de licencia que para continuar separado de sus funciones por quince días más, concedió al Alcalde segundo Francisco C. Solorzano. De enterado y comuníquese al Tesorero.
Sobre robo de faroles. Otro de la Prefectura Política, diciendo que ya dicta sus órdenes para que la policía ejerza escrupulosa vigilancia a fin de que no se repita el robo de farolas del antiguo alumbrado. A sus antecedentes.
Corte de Caja. Otro de la Tesorería Municipal, remitiendo el Estado Corto de Caja del mes anterior. A la Comisión de Hacienda.
Cuentas Mercado y Rastro. De los Recaudadores del Mercado y Rastros de la ciudad, acompañando noticias de los mercedamientos respectivos en el mismo mes. A la Comisión expresada.
Construcción de Salvador Juárez. Una solicitud del C. Salvador Juárez para que se le permita levantar construcción sobre una parte del pasamano del puente del Manrique, la cual limita por la calle de La Independencia su finca número 441 de la misma vía. A la Comisión de Policía.
Sobre remates en casas de empeño. Un dictamen de la Comisión de Hacienda relativo a la infracción cometida en la casa de empeño número 4, sobre remate de prendas, proponiendo se recuerde a los establecimientos de esa clase la obligación que les impone el artículo 8° de la ley reglamentaria fechada 1° de noviembre de 1869, de proceder con la debida oportunidad al remate mencionado si no se hubiere hecho el refrendo de prendas dentro del plazo legal y con el apercibimiento de las penas que corresponden a tal infracción. Quedó aprobado sin discusión.
Oficio al Inspector. A moción del C. Pamplona, se acordó decir al Inspector Municipal que conforme al artículo 59 de las Ordenanzas Municipales, debe atender las órdenes de los Síndicos de este Ayuntamiento sobre los ramos que les corresponde.
No habiendo otro asunto de qué tratar, se levantó la sesión.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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