En la Ciudad de Colima, cabecera del Municipio del mismo nombre, siendo las veinte horas del día veintisiete de abril de mil novecientos cuarenta, estando reunidos en el local que ocupa el Salón de Sesiones del Ilustre Ayuntamiento Constitucional los ciudadanos Regidores Propietarios José D. Ruíz, Profesor Juan Silva Palacios, J. Jesús Parra, Gabriel Pinto Solís, Marcelino Espinosa y J. Jesús Ruelas, faltando sin aviso Graciano Campos, la Presidencia declaró abierta la sesión.
La Secretaría dio lectura al acta de la sesión anterior la que puesta a discusión sin ella se aprobó por unanimidad y sin debate. La misma Secretaría dio cuenta enseguida con la siguiente documentación existente en cartera:
Oficio número ciento veintiséis girado por el Administrador Provisional de la junta de Mejoras Materiales de esta Ciudad de fecha veintidós de los corrientes, consultando si la Oficina Federal de hacienda de esta capital debe considerarse exenta del pago de impuesto por concepto de agua, previa exposición que estimó pertinente hacer. Se acordó por unanimidad se le manifestara que sujetarse estrictamente a lo previsto en el reglamento respectivo.
Oficio número ciento sesenta y ocho, girado por el Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores de Colima fechado el día anterior, en que solicitan la reglamentación de los aparatos mecánicos musicales existentes en esta capital, suspendiéndolos de las trece a las dieciséis y de las veintiuno horas en adelante, previas razones que estimaron pertinentes hacer. Después de un intercambio de impresiones y tomando en consideración de en el Presupuesto de Ingresos Municipales en vigor había sido fijado impuesto a las sinfonolas, en virtud de solicitud de la "Unión Filarmónica Colimense" se acordó por unanimidad se manifestara a la Federación de Trabajadores, que era de la exclusiva competencia del H. Congreso del Estado reformar o anular impuestos antes citado contenido en el inciso 9 fracción IX del artículo 1° del citado Presupuesto de Egresos.
Instancia de la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana con esta fecha en que solicita autorización para la construcción de ductos subterráneos en esta capital, en la calle Constitución y Madero a la calle Hidalgo y Reforma, frente al Palacio de Gobierno, en la inteligencia que los pavimentos de las calles serán repuestos por cuenta exclusiva de la misma, a satisfacción de este H. Cuerpo Edilicio. Se acordó por unanimidad se solicitaran informes sobre la clase de excavaciones que se pretenden hacer, a efecto se faculta al Síndico Municipal Profesor Juan Silva Palacios y al C. Ingeniero Carlos Hernández, Encargado de las Obras Municipales, para que procedan hacer el estudio del trabajo que se pretende hacer y en su oportunidad resuelva lo conducente.
Oficio del C. Ingeniero Carlos Hernández, encargado de las Obras Municipales fechado el veintitrés de los corrientes en que rinde informe sobre los alineamientos concedidos en unión del Síndico Municipal, Profesor Juan Silva Palacios a varios vecinos de esta capital para la construcción de banquetas. Se acordó se transcribiera al C. Tesorero Municipal para los efectos Fiscales correspondientes.
Instancia del C. Zeferino García, fechado el veinticuatro de los corrientes, en que solicita permiso para la instalación de una pequeña alacena al costado norte del Mercado "Constitución" frente al local que ocupa la botica del señor Zacarías Cárdenas con una extensión de dos metros cuadrados, para vender dulces, nieves refrescos y frutas tropicales; se acordó por unanimidad se le concediera el permiso respectivo ordenándose se giraran las comunicaciones de estilo.
Escrito del C. Licenciado J. Jesús ahumada, fechado el veinticinco de los corrientes, en que manifiesta las tierras que se destinarán al cultivo de maíz en la próxima temporada de lluvias de su predio rustico denominado "Rancho Blanco", así como las reservas para pasturas de ganado.
Se acordó por unanimidad se le manifestara se tomaba nota de su aviso como hecho extemporáneo, de conformidad con lo provisto en el Articulo 12 de la Ley reglamentaria de los artículos 5° y 18 de la Ley de Tierras Ociosas de fecha veintitrés de junio de mil novecientos veinte.
No habiendo mas asunto que tratar y siendo las veintiuna horas treinta minutos del mismo día, la Presidencia declaró cerrada la sesión levantándose para constancia la presente acta que firman el Presidente y Secretario que autoriza.