Acta de la junta celebrada de acuerdo con lo que dispone el artículo 55 de la Ley General para la elección de poderes del Estado el día 31 de diciembre de 1930, por los ciudadanos Matías Bravo, Lorenzo Llerenas, Porfirio Alcaraz, Carlos Véjar Jr. y J. Trinidad Solórzano los dos primero munícipes en funciones y los últimos electos y aceptados para funcionar con igual carácter en los años de 1931 y 1932.
En la ciudad de Colima siendo las doce horas y cinco minutos del miércoles treinta y uno de Diciembre de mil novecientos treinta, reunidos en el salón de Cabildo del H. Ayuntamiento de la ciudad los ciudadanos cuyos nombres ya se han expresado dio principio la sesión.
El C. Bravo manifestó que de acuerdo con lo que dispone la ley se iba a proceder a designar la persona que deberá asumir la presidencia municipal durante el próximo año de 1931.
Hecha la elección por escrutinio secreto resultó designado para asumir el cargo de referencia al C. Regidor Porfirio Alcaraz.
Con el fin de que se tome la protesta de ley a los nuevos ciudadanos munícipes y de acuerdo con lo que dispone el artículo 55 del propio ordenamiento electoral invocado, se llamó al C. Doctor Juan Velasco G., Presidente Municipal en funciones que hoy terminará su ejercicio y presente éste, puestos de pie los asistentes así interrogó al C. Porfirio Alcaraz: “¿Protestáis sin reserva alguna cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, promulgada en Querétaro con fecha 31 de enero de 1917, la particular del estado, promulgada con fecha 31 de agosto del mismo año, las leyes que de ambas emanen y desempeñar leal y periódicamente el cargo de munícipe que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien de la Unión y el Estado?”
Habiendo contestado el C. Alcaraz “Sí, protesto”, el C. Velasco le replicó: “Si no lo hiciera así, la Nación y el municipio os lo demanden”.
Después de que el C. Alcaraz pasó a asumir la presidencia en la propia forma interrogó a los C.C. Véjar Jr. y Solórzano, los cuales replicaron afirmativamente.
No habiendo más asuntos de qué tratar y habiéndose citado para mañana a las doce horas a fin de celebrar la sesión inaugural se declaró cerrada la Junta siendo las doce horas y quince minutos del propio día.