En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 17 horas del día 28 de Octubre de 1938, estando presentes en el Salón de Sesiones del I. Ayuntamiento Constitucional, los C.C. Regidores Propietarios Gómez, Venegas, Álvarez, Ruíz, Santos Beltrán, Sánchez Llerenas y Santa Ana, el C. Presidente declaró abierta la sesión, y acto continuo la Secretaría dio lectura al acta anterior, la que puesta a discusión sin ella fue aprobada por unanimidad.
A continuación la Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera, en la siguiente forma:
Escrito de la Señorita Amalia Cruz Méndez, domiciliada en la casa # 154 de la calle Morelos de Esta Ciudad, pidiendo un lote en el Panteón Nuevo Municipal de este lugar, gratuito de 1 metro de frente por 3 de fondo, arguyendo que le es imposible pagar el importe de su reducción en virtud de tener mucho tiempo enferma y de hace pocos días que falleció su Señor Padre, quien era el que sostenía la familia, y atendía sus necesidades. Hace uso de la palabra el C. Munícipe Santa Ana, manifestando que efectivamente la solicitante carece de medios económicos que le permiten hacer el gasto, del lote que pretende se le adjudique gratuitamente, y que la conoce que es persona indigente, pidiendo finalmente se acuerde satisfactoriamente la petición de la Señorita Amalia Cruz Méndez. Hace so de la palabra el C. Munícipe Vengas, apoyando la proposición del Munícipe Santa Ana, y finalmente se pone a votación aprobando se tanto en lo general como en lo particular.
Escrito de fecha 13 de los corrientes del Señor José María Sánchez, domiciliado en de La Vega 173, manifestando que la Tesorería Municipal, le está requiriendo por concepto de Impuesto a la Talabartería que tiene establecida en su domicilio, y pide se le exima de ese pago, arguyendo que el trabajo lo antecede personalmente y solamente fabrica lo que alcanza a hacer él mismo para lo que tiene es un aprendiz a quien no le paga ningún sueldo, pero ni tampoco le desempeña trabajo. El Munícipe Sánchez Llerenas y Venegas, manifiestan conocer el solicitante y constarles que efectivamente es un taller familiar en el que laboran el interesado y un chiquillo quien no saben sea Oficial, pues que en su concepto solamente puede considerársele como aprendiz, y pide finalmente se le exima de impuesto al solicitante. Puesta a votación la petición de referencia, tanto en lo general como en lo particular, se resolvió por unanimidad eximir a José María Sánchez, del Impuesto que se le requiere la Tesorería Municipal, que grava su pequeño taller de sandalias establecido en el domicilio indicado.
Escrito de Ignacio Hernández, con domicilio en la Avenida Revolución # 309, pidiendo se le exima de Impuesto al pequeño taller de fustería que tiene establecido en el domicilio indicado arguyendo que ningún Gobierno había hecho efectivo tal Impuesto y menos a su taller de fustería que tiene establecido en el domicilio indicado, arguyendo que en su taller no tiene operarios que utilice sus servicios, pues labora personalmente el solicitante y un hermano. Hace uso de la palabra el C. Munícipe Llerenas, arguyendo que efectivamente el Municipio debería abstenerse de seguir cualquier política tendiente a grabar los talleres familiares, pues se formaría una criterio lamentable para los componentes del Ayuntamiento actual, toda vez que en ningún tiempo se ha hecho efectivo éste Impuesto, y pide finalmente que se tome en cuenta su proposición para que se resuelva en sentido favorable la solicitud del señor Hernández. Hacen distintas consideraciones los Munícipes asistentes en relación con el criterio sustentado por el Munícipe Sánchez Llerenas y poniéndose a votación lo discutido, se resolvió que en el caso particular se exima de pago al solicitante Hernández.
Escrito de Felipe Pinto Cortes, fechado el 25 de Octubre en el que pide condonación del Impuesto que le cobra la Tesorería Municipal por contribuciones dejadas de cobrar, aplicadas al servicio de agua que tiene establecido en la casa # 299, de la calle E. Carranza, arguyendo que por razón de la ubicación de su domicilio, este servicio es deficiente, pudiendo comprobar además que el agua que utiliza es sumamente poca. Considerando la solicitud y discutida por los asistentes, se resolvió conceder el 50% de la condonación solicitada por Felipe Pinto Cortes.
Escrito del Señor Cayetano R. Nila, fechado el 18 del próximo pasado Octubre, con domicilio en 5 de Mayo 141, pidiendo se le exima de pago por Impuesto que le requiere la Tesorería Municipal, gravando su pequeño taller de Carpintería establecido en su domicilio, arguyendo que un taller familiar y no una fábrica de muebles. Hace uso de la palabra el C. Munícipe Santos Beltrán, manifestando que conoce el Taller del Señor Nila, y le consta que efectivamente trabaja, el Señor pero que ha visto que utiliza servicios de operarios además fábrica muebles que los expende como en todo taller de consideración, proponiendo finalmente que se le condone el 50% del adeudo que le requiere la Tesorería Municipal. A discusión la proposición del Munícipe Santo Beltrán, se resolvió conceder el 50% de la condonación pedida.
Escrito de la Señora Teresa Gutiérrez Pimentel, fechado el 25 de Julio del presente año, en el que pide haber clausurado en la misma fecha el expendio de leche que tiene establecido en De la Vega y Nicolás Bravo, en virtud de habérsele dado autorización de apertura en la misma fecha, a la Señora Ma. Guadalupe Cabellos de Saucedo. Considerado el contenido del escrito de cuenta, por unanimidad se resolvió darle la constancia respectiva a la interesada, a fin de que en la Tesorería Municipal, no le haga efectiva contribuciones y haga los movimientos en los padrones respectivos.
Escrito del Señor Teodoro Ponce de León, fechado el 14 de Octubre del presente año en el que pide condonación de la cantidad dejada de cobrar en la Tesorería Municipal por los servicios de agua que tiene establecidos en el cuarto 173 de la calle Guerrero de esta Ciudad, y el # 185 de la misma arguyendo que dichas contribuciones ya estaban cubiertas y que no había razón para que los volviera a hacer efectivos. A consideración esta solicitud, el Ayuntamiento por unanimidad resolvió condonarle el 50% del adeudo que tiene el solicitante con la Tesorería Municipal por conceptos dejados de cobrar por los servicios de agua que dicha Ofician haya impuesto del tiempo que adeuda en adelante.
Oficio #184 del C. Tesorero Municipal fechado el 22 de Octubre, en el que pide la aprobación de los gastos verificados durante el mes de Septiembre con cargo a las partidas globales del Presupuesto de Egresos actualmente en vigor. Puesta a discusión de los asistentes la documentación respectiva, y revisada que fue encontrándose de conformidad por unanimidad el H. Ayuntamiento resolvió conceder la aprobación de la cantidad de $ 2,745.23, a que montan los gastos verificados durante el mes de Septiembre con cargo a las partidas globales.
Escrito fechado el 11 de Octubre dela Señora Aurora Romero Viuda de Vargas, en el que pide condonación de la cantidad que le requiere la Tesorería Municipal, por conceptos dejados de cobrar de Enero a la fecha del escrito por Impuesto al servicio de pajas de agua que viene utilizando en la casa # 108 de la calle Guerrero de este lugar, arguyendo que la calificación que le impuso la Tesorería Municipal al principio del año, fue de $ 2.50 mensuales, y desde el mes de Septiembre pretende hacerle efectiva la cantidad de $ 4.00 mensuales. Considerando el escrito de cuenta y discutido por los asistentes, finalmente se puso a votación resolviéndose negar a la Señora Aurora Romero Viuda de Vargas, la condonación que solicitan.
Escrito de la Señora Gregoria Barajas de Larios, fechado el 7 de Octubre en el que pide condonación del adeudo que tiene con la Tesorería Municipal por concepto de cantidades dejadas de cobrar de Enero a Septiembre, del Impuesto a pajas de agua del servicio que viene utilizando en la casa # 103 de la calle Jiménez, arguyendo que la Tesorería Municipal interpretó mal el sentido de la Ley de Grava dicho servicio, no obstante y que acusa que su casa percibe una renta mayor de $ 10.00 mensuales, o sea la razón de que tuvo el Tesorero Municipal para hacerle efectivas las cantidades correspondientes a la diferencia dejada de cobrar. Puesta a consideración por los asistentes, se puso a votación y se resolvió finalmente negar a la Señora Gregoria Barajas de Larios, las cantidades que le requiere la Tesorería Municipal por conceptos dejados de cobra en el Impuesto a pajas de agua del servicio que viene utilizando en la casa # 103 de la calle Jiménez.
Hace uso de la palabra el C. Presidente, manifestando la necesidad de ampliar las Partidas # 58, 60, 67, 75 y 82 del Presupuesto de Egresos Municipales en vigor, en virtud de encontrase ya agotadas dichas Partidas. Puesta a discusión y sujeta a votación por los asistentes la anterior proposición fue aprobada por unanimidad tanto en lo particular como en lo general, haciendo la declaratoria correspondiente el C. Presidente y ordenando a la Secretaría gire las comunicaciones de Ley y formule el Decreto respectivo el que quedó aprobado en la siguiente forma:
Manuel Gómez, Presidente del I. Ayuntamiento Constitucional de este Municipio, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Cuerpo Edilicio que me honro en presidir, en la Sesión Pública Ordinaria verificada el día de hoy, acordó por unanimidad, en uso de las facultades que le conceden en su parte final la Fracción I, del Artículo 13 de la Ley Orgánica para la Administración Municipal actualmente en observancia la ampliación de las Partidas # 58, 60, 57, 75 y 82 del Presupuesto de Egresos Municipales en vigor, las que quedarán redactadas en la siguiente forma: (Ver Acta)
El compañero Ramón Álvarez, en uso de la palabra hizo del conocimiento de esta H. Asamblea, que teniendo conocimiento de que el compañero Gómez, deseaba compra un automóvil para su uso particular, proponía desde luego a la discusión de este H. Cabildo, en su proposición referente a que se le vendiera el automóvil marca Playmouht motor P-4-231942, que actualmente viene utilizando con su carácter de Presidente de este Ayuntamiento, ya que tiene conocimiento del Ejecutivo del Estado, que estaba conforme en que se le vendiera el automóvil de referencia, y por lo tanto pide que previa la dispensa de trámites se procederá a la discusión de su proposición, fijándose un precio equitativo como valor de automóvil. El compañero Venegas, manifiesta que está conforme ene que se aprobará la proposición del compañero Álvarez, previa la dispensa de los trámites reglamentarios, y pide que se le fijara como precio, la cantidad de $ 1,000.00 pesos, que el compañero Gómez deberá esterar en la Tesorería Municipal de esta Capital, tan luego como el fuera extendida la factura correspondiente, y concluyó diciendo, que pide a los demás compañeros aprobaran tanto la proposición de Álvarez como la suya, así mismo se faculta al Síndico Municipal Doctor. J. Jesús Santa Ana, para que con su carácter de Representante Jurídico de este H. Cabildo, otorgara a favor del compañero Manuel Gómez, la Factura de Compra-Venta respectiva, previo el entero de la cantidad, en la Tesorería Municipal. Puesta a discusión tanto en lo general como en lo particular las proposiciones que anteceden, sin ella se aprobaron por unanimidad y sin debate, haciendo la Presidencia la declaratoria de estilo y ordenando a la Secretaría gire oficio al C. Doctor. J. Jesús Santa Ana, Síndico Municipal, a efecto de que procediera a otorgar la Factura correspondiente de Compra-Venta, tan luego como se entere en la Tesorería Municipal la cantidad de $ 1,000.00 pesos, valor fijado al automóvil marca Playmouht motor P-4-231942.
No habiendo más asunto que tratar y siendo las dieciocho horas del mismo día, la Presidencia declaró cerrada la Sesión, levantándose para constancia la presente acta que firman el C. Presidente y su Secretario que autoriza.