Libro:108, Acta:S/N, Periodo: 1938
Fojas: 57v-59f
Clasificación: F40 Posición 3
Sesión: Ordinaria
Fecha:1938-10-07
En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 17 horas del día 07 de Octubre de 1938, estando presentes en el Salón de Sesiones del I. Ayuntamiento Constitucional, los C.C. Regidores Propietarios Gómez, Venegas, Álvarez, Ruíz, Santos Beltrán, Sánchez Llerenas y Santa Ana, el C. Presidente declaró abierta la sesión, y acto continuo la Secretaría dio lectura al acta anterior, la que puesta a discusión sin ella fue aprobada por unanimidad.
A continuación la Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera, en la siguiente forma:
Escrito fechado el 4 de los corrientes, firmado por Sebastián Delgado y vecinos del Rancho de Lo de Villa, en el que piden se les permita practicar libremente el Culto Católico en el Templo de aquel lugar. Considerando el contenido del escrito que antecede, se resolvió contestar de esterado, manifestándoles que inmediatamente que se vote el nuevo Reglamento de Cultos en el Estado, que está en estudio en la H. Legislatura Local, se resolverá lo que proceda.
Escrito de la Señora Ma. Refugio Cárdenas, fechado el 7 de los corrientes, en el que pide se le condene el adeudo que le requiere la Tesorería Municipal por concepto de pajas de agua y que corresponde a lo dejado de pagar de Enero al mes próximo pasado. A consideración el escrito mencionado y en uso de la palabra el C. Munícipe Santa Ana, manifestó que la solicitante efectivamente se encuentra en malas condiciones económicas y que siendo mujer es la que sostiene a su familia, y consecuentemente es digna de que se le tome en cuenta su petición. El C. Munícipe Venegas, apoya la sugestión del C. Munícipe Santa Ana, y finalmente se resuelve que se condone a la Señora Ma. Refugio Cárdenas, el Adeudo que tiene pendiente don la Tesorería Municipal por conceptos de pajas de agua dejadas de pagar de Enero del mes próximo pasado, en la inteligencia de que para lo sucesivo y desde el mes que adeuda deberá pagar dicho impuesto a razón de $ 2.50 mensuales.
Escrito del Doctor. José Ramos Alcaraz, fechado el 5 de los corrientes, en el que pide condonación de la cantidad de $ 64.96 que le requiere la Tesorería Municipal por concepto de Impuesto de pajas de agua causado en la casa # 82 de la calle Álvaro Obregón, arguyendo que dicha finca estuvo desocupada y otro período de tiempo en reparación. El C. Munícipe Álvarez, puntualiza que en la fecha que abarca el tiempo del servicio que se le cobra, le consta que la familia Ramos Alcaraz, ha vivido en dicha casa, y que además esas razones no justifican la falta de cumplimiento al Erario Municipal, toda vez se toma en cuenta que el solicitante es Profesionista, Funcionario Federal bien remunerado, y persona solvente, por lo que pide se le niegue la condonación que solicita. El C. Munícipe Venegas, a apoya la exposición hecha por el Munícipe Álvarez, y exhorta a los demás componentes para que en igual forma se niegue, finalmente se pone a votación, resolviéndose por unanimidad negarla condonación pedida por el Doctor. José Ramos Alcaraz.
Escrito del 29 de Septiembre, de la Señorita Adela Alcaraz, en que pide condonación del 50% del adeudo que tiene pendiente con la Tesorería Municipal por cantidades dejadas de cobrar de Enero a la fecha, por diferencia de calificación a pajas de agua servicio que tiene en Zaragoza 147 y Gabino Barreda 67, discutida la solicitud anterior, se resuelve por unanimidad conceder el 50% del adeudo de la Señorita Adela Alcaraz, por el concepto expresado en la solicitud, en la inteligencia de que a partir de la fecha que adeuda a la Tesorería, deberá pagar la calificación que dicha oficina le impuso por su servicio de agua.
Escrito del 28 de Septiembre firmado por Miguel Campos, en Representación de Ramón Godínez, en el que pide condonación de la cantidad que adeuda a la Tesorería Municipal por falta de enjarre y banqueta de la casa # 123 de la calle Manuel Álvarez. Expuestas las diferentes razones por el Munícipe Gómez, se aprobó por unanimidad conceder el 50% de la contribución que adeuda el Señor Godínez, por el concepto indicado en la solicitud.
No habiendo más asunto que tratar y siendo las dieciocho horas del mismo día, la Presidencia declaró cerrada la Sesión, levantándose para constancia la presente acta que firman el C. Presidente y su Secretario que autoriza.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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