En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 17 horas del día 11 de Marzo de 1938, estando presentes en el Salón de Sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional, los C.C. Regidores Propietarios Gómez, Venegas, Álvarez, Ruíz, Santos Beltrán, Sánchez Llerenas y Ruíz digo Santa Ana, el C. Presidente declaró abierta la sesión, y acto continuo la Secretaría dio lectura al acta anterior, la que puesta a discusión sin ella fue aprobada por unanimidad.
A continuación la Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera, en la siguiente forma:
Escrito del Señor J. Refugio Salazar, del 5 de Mayo # 177, fechado el 11 de los corrientes, en el que pide le sea concedido el uso de una paja de agua en el citado domicilio y otra en la carnicería. Turnado a la Comisión de Hacienda y Mejoras Materiales, esta rindió su siguiente dictamen:
Único:- Comuníquese a J. Refugio Salazar, que se concede el uso de la paja en el citado domicilio que solicita y particípese al fontanero encargado del servicio para que proceda a hacer las conexiones necesarias, y al C. Tesorero Municipal para el cobro de los impuestos correspondientes.
Escrito fechado el 8 de los corrientes del Señor J. Félix Flores, quien solicita condonación de la cantidad de $ 27.09 de que le requiere la Tesorería Municipal, por la falta de enjarre de las casa # 190 y 194 de la Calle Corregidora. Turnada a la Comisión de Hacienda, esta rindió el siguiente dictamen en que fue aprobado:
Único:- Vistas las razones expuestas, el H. Ayuntamiento Constitucional de Colima condona el 50% de la cantidad de $ 27.09 que corresponde a la Contribución Municipal que adeuda el Señor J. Félix, a la Tesorería Municipal por infracción al Inciso V, Fracción 3era del Presupuesto de Ingresos en vigor.- Comuníquese esta resolución al C. Tesorero Municipal para su conocimiento y fines.
Escrito de 7 de los corrientes de la Señora Gregoria Farías, con domicilio en Victoria # 171 de esta Ciudad, quien pide condonación de la cantidad de $ 35.08 que le requiere la Tesorería Municipal por la falta de banquetas de su citado domicilio.
Turnada a la Comisión de Hacienda, esta dictó el siguiente dictamen fue aprobado:
Único:- Vistas las razones expuestas el H. Ayuntamiento Constitucional condona a la Señora Gregoria Farías, la cantidad de $ 35.08 que le requiere la Tesorería Municipal, por infracción al Inciso 17, Fracción 3era del Presupuesto de Ingresos en vigor, en la inteligencia de que la interesada deberá terminar sus trabajos dentro del presente mes.
Escrito de fecha 8 de los corrientes firmado por Leonardo Yáñez Centeno, quien pide la condonación de la Contribución de que le requiere la Tesorería Municipal, por una infracción al Inciso 15 de la Fracción 3era del Presupuesto de Ingresos en vigor.- Turnada a la Comisión de Hacienda, ésta rindió el siguiente dictamen que fue aprobado:
Único:- Particípese al Señor Leonardo Yáñez Centeno, que la Tesorería Municipal está procediendo conforme a la Ley, y que el impuesto de que lo requieren está fundado, en esa virtud no es de concedérsele la condonación de la contribución de que le requiere la Tesorería Municipal.
Hace uso de la palabra el C. Municipal Sánchez Llerenas, y expone la conveniencia de que le conceda facultades al C. Presidente de la Comuna, para que de acuerdo con su criterio y las necesidades que de momento crea exigentes y razonables de los interesados, conceda condonaciones parciales y totales.
Hacen uso de la palabra otros Munícipes y apoyan la proposición, poniéndose finalmente la votación, siendo aprobada por unanimidad, ordenándose a la Secretaría dicte la resolución respectiva, la que queda redactada en la siguiente forma:
Único:- Se conceden facultades al C. Presidente de esta Comuna para condonar impuestos cuando de acuerdo con su criterio, no se haya necesario el conocimiento especial del H. Ayuntamiento.-Hágase así saber al C. Tesorero Municipal para su conocimiento y fines.
No habiendo más asunto que tratar y siendo las dieciocho horas del mismo día, la Presidencia declaró cerrada la Sesión, levantándose para constancia la presente acta que firman el C. Presidente y el C. Secretario que autoriza.