Libro:83, Acta:39, Periodo: 1908-1909
Fojas: 37f-38v
Clasificación: F32 Posición 1
Sesión: Ordinaria
Fecha:1908-10-07
Sesión ordinaria del día 7 de octubre de 1908.
Con la concurrencia de los C.C. ´Álvarez, Robles, Palencia, Rivera, Rendón, García y Silva, se declaró abierta la sesión. La Secretaría dio lectura al acta del día 30 de septiembre último, la que fue aprobada sin discusión y acto continuo la misma Secretaría siguió dando cuenta:
Sobre agua que derrama un arrozal en Chiapa.
Con un ofidio del Prefecto político en que manifiesta que ya dictó providencias para evitar que derramen sobre las aguas que surten a la ciudad, la de un arrozal que se dice existe en la Hacienda de Chiapa. Al archivo.
Sobre paja de agua a Fermina Flores.
Con otro en que contesta de enterado sobre la concesión de agua a Doña Fermina Flores de Moreno. Al archivo.
Informe acerca del alumbrado.
Con otro del Inspector Municipal en que da conocimiento de las deficiencia ocurridas en el alumbrado público en los días transcurridos desde su anterior informe a la fecha. A la Comisión que tiene antecedentes.
El alcaide pide útiles para la sota alcaidía de mujeres.
Con otro oficio del Alcaide de las Cárceles C. Abraham L. Figueroa, participando haber cambiado las presas al local que se señaló al efecto, con motivo de las mejoras que se emprenden en Palacio: da una lista nominal de ellas y suplica se acuerde el gasto de algunas pequeñas mejoras y útiles para el escritorio. A la Comisión de Cárceles.
Remates de casas de Empeño.
Con dos solicitudes subscritas por los señores Carlos Zepeda y Joaquín Batista, pidiendo permiso para el remate de prendas en las casas de Empeño que representan, actos que se verificarán representativamente los días 8 y 9 corriente. Con dispensa de trámite se accedió a las solicitudes.
Liquidación a la Compañía de Potencia Eléctrica por deficiencias en el alumbrado.
Con un dictamen de la Comisión Especial a quien pasó el expediente relativo al alumbrado público, con motivo de las interrupciones ocurridas en los últimos meses, la omisión del alumbrado de petróleo cuando se requiere y algunas deficiencias en el de luz eléctrica. La Comisión expone las razones en que se fundó para hacer algunos cargos a la Empresa con motivo de las omisiones de que se ha hecho referencia, cargos que según liquidación circunstanciadas que se acompaña el dictamen importan $271.43 cs. que deberá descontar la Tesorería Municipal al hacer los pagos respectivos a la Compañía de Potencia Eléctrica. La Comisión concluye proponiendo se adopte un nuevo medio de información sobre las faltas que en lo sucesivo ocurran en el servicio de alumbrado, mediante unos esqueletos que la misma Comisión formará para que se llenen diariamente; y por último, propone se diga a la expresada Compañía que el Inspector Municipal está autorizado para vigilar el servicio y hacer con toda oportunidad las observaciones que estime convenientes. Sin discusión fue aprobado todo lo propuesto por la Comisión
Bando sobre pintura de fachadas de fincas.
El C. Presidente, después de exponer la conveniencia de que la ciudad se halle en las mejores condiciones posibles el día de la inauguración del Ferrocarril Mexicano al Pacífico, propuso se expida un bando en que se mande hacer la pintura de las fachadas en todas las fincas de la misma ciudad, señalando su término que espirará el 31 de Diciembre del presente año. Acepta la proposición del Señor Álvarez se acordó remitir a la Prefectura Política para su publicación y observancia un Bando del Tenor siguiente:
Artículo 1° Todos los propietarios y encargados de las casas de esta ciudad procederán a la pintura de las fachadas, verificándolo en el término de dos meses y medio que espiraran el día 31 de Diciembre del presente año.
Artículo 2° las personas que no dieren cumplimiento a esta disposición, incurrirá a la pena a que se refiere el artículo 45 del Bando de Policía, sin perjuicio de dar cumplimiento a lo prevenido.
Artículo 3° es obligación de los propietarios y encargados de fincas, dejar grabados visiblemente los números o letras correspondientes a cada finca, consultando en caso de duda a la Comisión Municipal de Policía. Los infractores sufrirán la pena señalada en el artículo 15 del Reglamento de Policía.
Y no habiendo otro asunto de que tratar se levantó la sesión.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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