En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 20 horas 30 minutos del día 05 de Noviembre de 1951, reunidos en el Salón de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, los C.C. Regidores Melesio Espinosa, Doctor Enrique Brizuela V., Profesor Manuel Velasco M., J. Roberto Levy, Profesor José Amador García, Miguel Álvarez B. y Antonio Andrade Díaz y actuando como Secretario el C. Miguel Flores Llerenas, la Presidencia a cargo del C. Espinosa declaró abierta la sesión y a continuación la Secretaría dio lectura al acta de la sesión anterior, que fue aprobada por unanimidad y sin discusión.
Una vez que la Secretaría informó al H. Ayuntamiento que no hay ningún asunto en cartera la propia Corporación tomó el siguiente acuerdo: En vista de la situación precaria por que atraviesa el Erario Municipal y con el objeto de liquidar adeudos de la Administración, pídase autorización al H. Congreso del Estado, para enajenar en la cantidad de $3,000.00 pesos, un solar urbano propiedad del H. Ayuntamiento, marcado con el número 447 de la Calle Cinco de Mayo, manzana nueve, sección segunda de esta ciudad que tiene las siguientes medidas y linderos: al norte treinta y cinco metros con la Calle Cinco de Mayo; al Sur, treinta y cinco metros cincuenta centímetros, con la Calle Gregorio Torres Quintero; al Oriente, setenta y ocho metros, con propiedad de Celedonio López y Micaela Guzmán; y al Poniente, igual medida con Callejón sin nombre. Una vez recabada la autorización de la H. Cámara, quedan autorizados los C.C. Melesio Espinosa, Profesor Manuel Velasco M. y Miguel Flores Llerenas Presidente Municipal, Síndico y Secretario del H. Ayuntamiento, respectivamente para que nombre la Corporación otorguen y firmen la escritura correspondiente, verificando con ello la enajenación del predio urbano descrito.
No habiendo otro asunto que tratar y siendo las 21 horas 15 minutos se dio por terminada la sesión, levantándose para constancia la presente acta que firma el C. Presidente y el C. Secretario que autoriza.