Libro:116, Acta:S/N, Periodo: 1948-1951
Fojas: 95f-96v
Clasificación: F44 Posición 1
Sesión: Ordinaria
Fecha:1951-10-29
En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 20 horas 30 minutos del día 29 de Octubre de 1951, reunidos en el Salón de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, los C.C. Regidores Melesio Espinosa, Doctor Enrique Brizuela, Profesor Manuel Velasco M., J. Roberto Levy, Profesor José Amador García, Miguel Álvarez B. y Antonio Andrade Díaz y actuando como Secretario el C. Miguel Flores Llerenas, la Presidencia a cargo del C. Espinosa declaró abierta la sesión y en seguida la Secretaría dio lectura al acta de la sesión anterior, que fue aprobada por unanimidad y sin discusión.
Después de que la Secretaría informó que el único asunto en cartera es el relacionado con el contrato mercantil de Préstamo Hipotecario que se ha venido propalando entre este Ayuntamiento y el Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, Sociedad Anónima, hasta por la cantidad de $1,500.000.00 pesos, para realizar las obras del drenaje de esta Ciudad de Colima, el C. Presidente informa que la Institución Bancaria mencionada remitió las bases que para realizar dichas obras autorizó la Honorable Legislatura Local en el Decreto número 142, de fecha 4 de mayo del año en curso, publicado al día siguiente en el número 18 del Periódico Oficial “El Estado de Colima”, del cual por diverso Decreto número 2 de la propia Legislatura, de fecha 21 de Septiembre último publicado en el número 40 del Periódico Oficial mencionado, correspondiente al día 6 del presente mes, se reformó la Fracción III Tercera del Artículo I Primero, en la forma y términos que aparecen en el citado Decreto número 2 y después de darle lectura a las bases de que se trata, propuso al Ayuntamiento, sea aprobado el acuerdo siguiente:- “Se autoriza a los C.C. Melesio Espinosa y Profesor Manuel Velasco M., Presidente y Síndico, respectivamente, de este H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, para que por sí o por medio de apoderado legamente acreditado, concurran al otorgamiento y firma de la escritura en que se hará constar el contrato de crédito que hasta por la cantidad de $1,500.000.00 pesos, se tiene concertado con el Banco Nacional Hipotecario, Urbano y de Obras Públicas, sociedad anónima, para realizar las obras de drenaje de esta Ciudad de Colima. La repetida escritura se otorgará teniendo en cuenta las bases que contienen los Decretos de la Honorable Legislatura Local, arriba mencionados y demás se sujetará estrictamente a las siguientes bases, que tienen el carácter de resolución del Cabildo:- Primera.- Este H. Ayuntamiento de Colima, contrata con el Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, Sociedad Anónima, de la Ciudad de México, Distrito Federal, en los términos previstos por la Ley Orgánica de dicha Institución Nacional de Crédito, un contrato mercantil de Préstamo Hipotecario para obra Pública, hasta por la cantidad de $1,500.000.00 pesos, el cual se sujetará a las siguientes bases: a).- Como equivalente de todo o parte del importe del préstamo, este H. Ayuntamiento podrá recibir a la par bonos Hipotecario de los emitidos por el Banco acreditante; b).- Las cantidades que el Banco preste a este H. Ayuntamiento podrán causar una comisión hasta de 1% por una sola vez sobre su importe nominal, un interés hasta de 4.5% semestral e intereses moratorios en su caso de medio por ciento mensual sobre los pagos mensuales del periodo de amortización.- c).- El préstamo se reembolsará en efectivo al Banco en un plazo hasta de 30 semestres por el sistema de amortizaciones semestrales pagaderas en abonos mensuales que comprendan capital y réditos, pero la iniciación del período de amortización podrá diferirse hasta por el lapso que permite la Ley Orgánica del Banco acreedor; d).- El importe del préstamo se destinará precisamente, en primer lugar a cubrir sus gastos de documentación y en segundo lugar, a la proyección y construcción del sistema de alcantarillado o saneamiento de esta Ciudad de Colima y a pagar los gastos conexos con la inversión del préstamo.- La Institución acreedora vigilará la inversión de los fondos en los objetos aquí expresados.- Segunda.- Este H. Ayuntamiento, se obliga a constituir a favor del Banco acreedor, para garantizar el crédito que se autoriza en las bases que antecede y sus correspondientes accesorios contractuales o legales. a).- Hipoteca en primer lugar sobre las obras, instalaciones, equipo y demás bienes muebles e inmuebles que constituyan o constituyen al sistema de alcantarillado o saneamiento de la Ciudad de Colima, considerado en su unidad completa de servicio; b).- Fideicomiso irrevocable que se constituirá en el Institución acreedora y a su favor sobre los ingresos que correspondan a este H. Municipio por concepto de derechos, tasas, rentas, ingresos u otros que produzca el servicio público aludido.
Tercera.- Este H. Ayuntamiento conviene con el Banco acreedor en que el Fideicomiso que constituyese recaerá todo ingreso que substituyere a los afectados con apoyo en estas resoluciones y en que las cuotas de los derechos, impuesto e ingresos en general, afectos en fideicomiso a favor de dicha Institución de crédito, no podrán variarse mientras no esté totalmente pagado el crédito que aquí se autoriza, a menos que la variación se haga con el consentimiento de la propia Institución.- Todo lo anterior se puso a consideración del H. Cuerpo Edilicio, quien por unanimidad aprobó en todas y cada una de sus partes, las bases presentadas por el C. Presidente para la contratación del crédito, las contenidas en el acuerdo que antecede y la autorización para la firma de la escritura en que se otorgue el contrato, a favor de los C.C. Presidente y Síndico de este H. Ayuntamiento, como fue propuesto, para que en representación del mismo, por si o por medio de apoderado, concurran al otorgamiento y firma de dicha escritura.
No habiendo otro asunto que tratar y siendo las 22 horas 30 minutos se dio por terminada la sesión, levantándose para constancia la presente acta que firma el C. Presidente y el C. Secretario que autoriza.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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