Libro:90, Acta:54, Periodo: 1918
Tomo: III, Fojas: 147v-149f
Clasificación: F34 Posición 2
Sesión: Ordinaria
Fecha:1918-10-08
Notas:Transcripción completa del acta original
Sesión ordinaria del día ocho de octubre de mil novecientos dieciocho.
Asistencia de los ciudadanos Ávalos, Alcázar, Díaz, Martínez, Solórzano, Puente y Suro.
Abierta la sesión se dio lectura por la Secretaría al acta de la anterior la que fue aprobada sin discusión y a los siguientes documentos:
Oficios
Del Juzgado de Distrito, transcribiendo sentencias pronunciadas por dicho Juzgado en el juicio de amparo promovido por Manuela Puente y socias contra actos de este H. Ayuntamiento y el ciudadano presidente municipal, en que me ampara a dichas quejosas contra la orden del ciudadano presidente municipal, de fecha 21 veintiuno de agosto anterior, quedando revocada la orden verbal en contrario dada por el ciudadano Carlos Ibarra, imponiendo a cada una de las quejosas $10.00 diez pesos de multa a cada una, comunicando al administrador del Timbre para que haga efectivas dichas multas, que se repongan los timbres que han dejado de usarse en la actuación, notificando el fallo.
Otro, transcribiendo el fallo dado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el mismo juicio de amparo que confirma el auto que pasó a la misma para su revisión en que se negó la suspensión del acto reclamado en el amparo solicitado por Manuela Puente y socias contra actos del ciudadano presidente de este H. Ayuntamiento y el ciudadano administrador del mercado, consistente en haberlas obligado a desocupar unos puestos que tenían en el mercado de esta ciudad, notificando el trámite.
Puestos a discusión se acordó dirigir telegrama a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por conducto del Ejecutivo del Estado, pidiendo que para que este H. Ayuntamiento pueda proceder al ordenamiento del mercado se sirva resolver por la misma vía a quién corresponda que no ha lugar al amparo que Manuela Ponce y socias solicitan ante el Juzgado de Distrito en este Estado, contra actos del ciudadano presidente del Ayuntamiento y administrador del mercado, ya que la Suprema Corte confirmó con fecha 3 tres de mayo último el auto en que el citado Juzgado negó la suspensión reclamada por las quejosas.
Del inspector pedagógico del Estado, informando acerca del incidente ocurrido entre la señorita Margarita M. Meléndez, directora de la Escuela Mixta de la Hacienda de Buena Vista y el propietario de esta última, ciudadano Salvador M. Ochoa, adjuntando renuncia de la expresada señorita, recado original que el ciudadano S. M. Ochoa dirigió a la señorita Meléndez, un oficio del ciudadano comisario municipal de aquel lugar y una acta. Se acordó aceptar la renuncia y que el ciudadano Ochoa proponga a la profesora que deba substituir a la señorita Meléndez, notificando este acuerdo al hacendado, comisario municipal de Buena Vista, inspector pedagógico y tesorero municipal, agregando que la señorita Meléndez acepte la cantidad de $50.00 cincuenta pesos que como ayuda le proporciona el ciudadano Salvador M. Ochoa, por no estimar humillante para ella el aceptarlos.
Del ciudadano Tesorero Municipal
Uno, pidiendo autorización para cancelar las cuentas incobrables por giros mercantiles e industriales a varias personas anotadas en la lista que adjunta, por no encontrarse los causantes en este municipio y ser imposible hacer efectivas las contribuciones causadas a la fecha. Se acordó acceder a lo solicitado.
Otro, pidiendo autorización para hacer los pagos correspondientes a los ciudadanos Francisco M. Brust y Celedonio Pinzón que empezaron a trabajar en esa oficina como agentes fiscales, el primero con fecha 12 doce y el segundo con 20 veinte de septiembre próximo pasado, y que el ciudadano Rafael Silva, con fecha 8 ocho del actual, se presentó a desempeñar el empleo de agente fiscal, mientras se cumple la licencia concedida al ciudadano Gregorio E. Gómez, haciendo dicho pago de conformidad con lo ofrecido por dicha oficina y el ciudadano Francisco O. Díaz, a $1.50 un peso cincuenta centavos diarios. Dígase al ciudadano tesorero que el acuerdo relativo fue de que hasta el día 20 veinte del presente mes se les pagara a razón de $2.00 dos pesos diarios y en lo sucesivo $1.50 un peso cincuenta centavos.
Un memorial del apoderado del ciudadano Antonio Hernández Genovart, de Guadalajara, fabricante de ladrillo mosaico, solicitando el pago de los siete últimos pagarés que representan la cantidad de $3456.90 tres mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos noventa centavos. De enterado y que ya se libra orden al ciudadano tesorero municipal para que a la mayor brevedad le haga el pago de dichas facturas, notificando este acuerdo al mismo tesorero.
Del ciudadano Guillermo Silva, solicitando permiso para organizar algunos jaripeos en la antigua plaza de “La Concordia”, sujetándose exclusivamente a lo prevenido en el decreto relativo de 6 seis de enero de 1916 mil novecientos dieciséis, verificando dichos jaripeos los domingos y días festivos. Se acordó acceder a lo solicitado con sujeción a dicho decreto y notificarlo a la tesorería municipal.
Del ciudadano Vicente Portillo, quejándose del perjuicio que recibe en su terreno “El Peregrino” del ganado vacuno de la propiedad de los señores María Refugio Rincón viuda de Ochoa y Germán Virgen y destrozos en las labores sin que los dueños de dichos animales hayan puesto remedio, no obstante de los avisos que se les dan. Habiéndose también dado aviso a la presidencia municipal en el mes de junio anterior de dichos perjuicios, remitiendo 10 diez animales al depósito de lo mostrenco, pidiendo cobrara a los dueños el importe de las pasturas a razón de $1.00 un peso por cabeza, con fundamento en el artículo 30 de la Ley de Ganadería vigente en el Estado, recibiendo por contestación del ciudadano presidente “que él cobraría lo que le diera la gana”, y entregó a los dueños los animales sin exigirles el pago de las pasturas que tenía derecho a cobrar, de conformidad con la referida ley; manifestando además que habiéndose traído a lo mostrenco un animal de su propiedad le cobraron por pasturas $18.00 dieciocho pesos, ofreciendo pagar descontándose los $10.00 diez pesos que se adeudaban por igual concepto, y que habiéndosele notificado últimamente que se iba a proceder al remate del semoviente, suplica se sirva acordar que el ciudadano presidente municipal suspenda dicho remate y exija de los señores Rincón y Virgen la cuenta de $10.00 diez pesos que por pasturas le reclama. Habiéndose informado el ciudadano Alcázar que había ya terminádose (sic) este asunto en la Inspección General de Policía, se acordó archivar este ocurso.
Acuerdo
[Al margen: $250 ojo. Pormenor] Se dispuso librar oficio al ciudadano profesor Mariano Pérez Andrade, poniéndole un plazo perentorio de cinco días contados desde esta fecha a fin de que evite la salida del agua sucia de la Huerta de “Álvarez” que tiene en arrendamiento, a la calle General Maclovio Herrera por ser una amenaza a la salubridad pública por el estancamiento que dichas aguas producen en la referida calle, y que de no dar cumplimiento a esta disposición se le impondrá diariamente $1.00 un peso de multa hasta que deje de salir el agua.
Y se levantó la sesión.
Juan Ávalos.
J. Guadalupe Michel. Secretario.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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