Libro:115, Acta:S/N, Periodo: 1946-1948
Fojas: 14f-15f
Clasificación: F43 Posición 1
Sesión: Ordinaria Reglamentaria
Fecha:1946-03-04
Acta de la sesión ordinaria reglamentaria, celebrada por el H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, el día 4 cuatro de Marzo de 1946 mil novecientos cuarenta y seis.
Presidencia del C. Regidor Francisco M. Macías.
En la Ciudad de Colima, siendo las trece horas del día 4 cuatro de Marzo de 1946 mil novecientos cuarenta y seis, reunidos en el salón de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, los C.C. munícipes Francisco M. Macías, Profesor Lorenzo R. López, Profesor Lucas Huerta Dueñas, Leonardo B. Gutiérrez, Lucio Novela, Ricardo Vera Romero y Fortino M. Fuentes y actuando en la secretaria el titular C. Miguel Flores Llerenas, se procede a celebrar la sesión ordinaria reglamentaria. La Presidencia declara abierta la sesión, indicando a la secretaria de lectura al acta de la sesión anterior, la que después de conocida es aprobada en todas sus partes por unanimidad y sin discusión.
A continuación la misma secretaria informa, al H. Cuerpo Edilicio, de los siguientes asuntos existentes en cartera:
Primero: Dictamen emitido por la Comisión de Industria, Comercio y Trabajo, en relación con el escrito de la unión de peluqueros colimenses que le fue firmado y en el cual solicitan al H. Ayuntamiento la aprobación de la tarifa que formularon, para que siga durante el presente año, respecto al cobro de sus servicios personales en los distintos gabinetes de aseo de la ciudad. El dictamen en cuestión concluye con la parte resolutiva siguiente: Por lo tanto la comisión que dictamina, propone para la aprobación del H. Ayuntamiento, que la tarifa que se ponga en vigor en el presente año, sea la siguiente: 1ª clase categoría "B" $1.75 pelo y barba., 1ª clase categoría "B" $1.00 pelo., 1ª clase categoría "B" $0.75 barba. 2ª clase $0.50 barba.
Que la presente tarifa, sea expuesta permanentemente a la parte más visible de cada gabinete de aseo, firmada y sellada por la Presidencia Municipal y secretaria respectiva.
La misma Presidencia pone a la consideración de la H. Corporación Municipal el anterior dictamen, cuya parte resolutiva se inserta y por unanimidad y sin discusión se aprueba en sus términos, disponiendo se dé a conocer desde luego la tarifa aprobada, al C. Secretario General de la Unión de Peluqueros Colimenses, a efecto de que se cumplimente.
Segundo: Oficio numero 316 trescientos dieciséis, de fecha trece de febrero del año en curso, del C. Antonio Beléndez, superintendente local de la Compañía Hidroeléctrica Occidental, sociedad anónima, que se relaciona con el oficio número 260 doscientos sesenta de fecha 3 tres de Diciembre de 1945 mil novecientos cuarenta y cinco del mismo señor Beléndez, en el que suplica respetuosamente al H. Ayuntamiento de esta capital, cubra a la compañía que representa, la cantidad de $2,874.40 dos mil ochocientos setenta y cuatro pesos cuarenta centavos, que importan los aumentos de servicio de alumbrado público de la ciudad, por el periodo comprendido entre el primero de Enero y el 31 treinta y uno de diciembre de 1945 mil novecientos cuarenta y cinco. La Presidencia pone a la consideración del H. Cuerpo Edilicio mencionados y con dispensa de trámite se discute el asunto, y por unanimidad acuerda resolver lo siguiente: I.- El Municipio de Colima, representado por esta H. Corporación Edilicia, no reconoce adeudar la cantidad que cobra el C. Antonio Beléndez, superintendente local de la Compañía Hidroeléctrica Occidental, S. A., por concepto de aumento de servicio de alumbrado público, de esta ciudad, durante el periodo comprendido ante el primero de Enero y el Treinta y uno de Diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco, en virtud de que la administración pasada, no resolvió la procedencia del adeudo que se dice se devengo durante su periodo. II.- El actual Ayuntamiento, sobre cargando los gastos que para su administración, baja el presupuesto de egresos vigente y tomando en consideración las razones que aduce el mencionado señor Beléndez, en sus oficios de referencia, modifica la partida #55 del mismo que estipula como renta a la mencionada compañía por concepto del alumbrado público de la ciudad, la cantidad de $500.00 quinientos pesos mensuales, aumentándola a partir del presente mes de Marzo, a la cantidad de $700.00 setecientos pesos. III.- Comuníquese el presente acuerdo al interesado, para su conocimiento.
Tercero: Dictamen emitido por la Comisión de Industria, Comercio y Trabajo, mediante el cual dan su conformidad para que se le conceda al señor Maximiliano Aguilar, el permiso correspondiente para instalar en el Estado poniente y norte del Jardín Núñez, de esta ciudad, un estanquillo o alacena para exponer ante el público los productos de la industria de palma. El H. Ayuntamiento por unanimidad aprueba el dictamen de referencia, disponiendo se gire la comunicación de estilo al interesado, con copia al C. Tesorero Municipal para su conocimiento y efectos fiscales consiguientes.
No habiendo otro asunto de que tratar y siendo las catorce horas y treinta minutos se da por terminada la sesión levantándose para constancia la presente acta, que firman el C. Presidente y el C. Secretario que autoriza.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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