Sesión ordinaria del día treinta y uno de julio de mil novecientos dieciocho.
Asistencia de los ciudadanos Ibarra, Alcázar, Díaz, Gómez Guerra, Suro y Solórzano.
Abierta la sesión, la Secretaría dio lectura al acta de la anterior del día 24 veinticuatro del propio mes, la cual fue puesta a discusión y aprobada sin ella.
A continuación la misma Secretaría dio cuenta con los siguientes documentos:
Oficios
De la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, contestando haber quedado enterada por el mensaje que se le dirigió, con fecha primero del presente mes, de que tomó posesión de la presidencia del H. Ayuntamiento de esta capital el ciudadano Carlos Ibarra. Al archivo.
De los ciudadanos secretarios del H. Congreso local, participando que con fecha 29 veintinueve del corriente mes, la H. Legislatura abrió un periodo extraordinario por 30 treinta días, convocado por su diputación permanente por decreto número 68 sesenta y ocho, de fecha 25 veinticinco del propio mes. De enterado y al archivo.
Del Gobierno del Estado.
Uno, en que invita al ciudadano gobernador a éste H. Ayuntamiento para que tome parte en el Congreso Pedagógico del Estado que inaugurará un periodo de sesiones el día 12 doce de agosto próximo en el local de la Escuela Superior “Ramón R. de la Vega”, conforme a los puntos indicados en las bases de que acompaña un ejemplar. De enterado y que concurrirán, turnándose los miembros de este H. Ayuntamiento.
Otro, contestando de enterado del oficio en que se dan los nombres de los ciudadanos que justificaron ante la presidencia municipal la abstención de su voto en las pasadas elecciones, y que ya se ordena sean publicados dichos nombres en el Periódico Oficial. A su expediente.
Otro, remitiendo 250 doscientos cincuenta ejemplares de la ley electoral para diputados y senadores al Congreso de la Unión. Acúsese recibo y agréguese a su expediente.
Otro, haciendo presente a la H. Corporación, de conformidad con las disposición constitucional local que le encomienda la superior vigilancia de todos los ramos de la administración, que con pena ha observado el descuido en que se halla el aseo de la población, llamando la atención sobre el estancamiento de aguas sucias, la aglomeración de basura y la falta del barrido de calles que deja de hacerse en lo general por los vecinos, diariamente, por una parte; por otra parte, que de acuerdo con las disposiciones de policía, la acción oficial municipal está indicada no solo para velar por la higiene y la salubridad, relacionadas con el desaseo de calles, sino con el de casas particulares, mesones, hoteles, etc., para que tales circunstancias se observe un aseo del que depende en gran parte la salubridad de la población, y que dictándose medidas enérgicas para que los dueños de casas y establecimientos indicados, conserven en buen estado de aseo las dependencias de los mismos, haciendo extensivo esto mismo a las huertas y al arroyo que atraviesa la ciudad; y que el erario municipal se beneficiará imponiendo multas a los que infrinjan las disposiciones que al efecto se libraren. Se acordó contestar de enterado y transcribir el oficio al ciudadano Inspector Municipal para que haga cumplir las disposiciones contenidas en los Reglamentos de Policía.
Otro, excitando a ésta H. Corporación para que se sirva tomar en consideración las circunstancias de que no obstante que el presupuesto municipal de ingresos, consigna un impuesto a los expendios de bebidas embriagantes autoriza al establecimiento de cantinas, no aparece manifestada ninguna en la tesorería respectiva, siendo un número considerable de cantinas clandestinas y que sus dueños se burlan del gobierno y defraudan al municipio por la falta de pago del impuesto respectivo; y que ha visto con extrañeza el Gobierno que los datos e informaciones que el Ejecutivo ha proporcionado al presidente municipal han sido inútiles por no aprovecharlos ni para evitar el clandestinaje ni para que por medio de algún procedimiento o por consecuencia de su actitud, se logre siquiera una manifestación de expendio de bebidas embriagantes. El ciudadano presidente dictó el trámite de que se conteste que en virtud de que no hay reglamento no se ha dado licencia ni orden en tal sentido. Este trámite lo reclamó el ciudadano Alcázar, interrogando al ciudadano Ibarra: “que a qué cantinas se refería el cliente que se publicó en el Aviso que expidió la presidencia municipal la víspera de las elecciones federales; a lo que el ciudadano presidente le contestó: “que es público y notorio que hay muchas casas donde se expenden bebidas embriagantes y que no siendo posible evitarlo, por eso se había dado tal aviso, pero que ninguna licencia se ha concedido para cantinas de conformidad con la ley de ingresos relativa vigente de que hace referencia el Ejecutivo en su oficio que acaba de leerse por la Secretaría.
Del ciudadano Presidente Municipal de Comala, solicitando al ciudadano presidente 200 doscientos plantas de los jardines públicos de la ciudad, para aquel lugar, suplicando se le dé aviso para el dicho día en que pueda disponer de ellas. Se acordó proporcionar las que se pueda sin perjuicio de los jardines, para lo cual se tomará previamente el informe del ciudadano Canuto Díaz, jardinero municipal. Notifíquese el trámite.
De la Junta Municipal de Cuauhtémoc, proporcionando a éste H. Ayuntamiento se nombre juez del Registro Civil de aquel lugar al ciudadano Francisco Beas, en substitución del ciudadano Heliodoro Zúñiga H., secretario de aquella Junta, quien estaba desempeñando el cargo sin sueldo y por no poder seguirlo desempeñando. Se acordó de conformidad la propuesta de dicha Junta, asignándole el sueldo que marca el presupuesto municipal de egresos. Notifíquese.
Del ciudadano Heliodoro Zúñiga H., solicitando gratificación por el tiempo que estuvo desempeñando el cargo de juez del Registro Civil de Cuauhtémoc, por encontrarse a la fecha en circunstancias difíciles para la subsistencia. Discutido este asunto se acordó asignarle la gratificación que corresponde a medio sueldo del que hubiera disfrutado según el presupuesto. Notifíquese el trámite a quienes corresponda. Del ciudadano director de Educación Pública en el Estado, transcribiendo una solicitud de la señorita profesora María Guadalupe Gómez, para el caso de que sean aceptados sus servicios en alguna de las escuelas elementales de esta capital. Puesto a discusión, se acordó contestar a la Dirección de Educación que de momento no ha lugar a su petición, pero que se le tendrá presente cuando sea llegado el caso utilizar sus servicios.
Del ciudadano Joaquín Rivera, manifestando que el ciudadano tesorero municipal le ha comprado un vale por valor de ($79.00) setenta y nueve pesos en ($40.00) cuarenta pesos y cuyo vale era a pago de su sueldo de la administración próxima pasada, y que si dicho vale ha sido pagado en la tesorería llama con especialidad la atención de esta H. Corporación en el sentido de que habiéndosele pagado por el tesorero demuestra la existencia de fondos y la apatía para el pago de sus haberes a fin de negociar con ellos. Se acordó pase a la Comisión de Hacienda.
Del ciudadano profesor Vicente V. Ibarra, solicitando se le conceda con el carácter de prestados 25 veinticinco pupitres y que tan luego como se le indique su devolución lo hará inmediatamente en atención de haber quedado definitivamente instalado el Colegio Particular Carlos A. Carrillo, que es a su cargo, en la casa número 87 ochenta y siete de la calle Reforma y por encontrarse escaso de muebles. Discutido brevemente, se acordó acceder a su solicitud únicamente mientras que los muebles sean libres y que cuando se necesiten se les retirarán. Notifíquese el trámite a quienes corresponda.
Del ciudadano inspector municipal Toribio Ordoñez, solicitando licencia por diez días sin goce de sueldo, para separarse de su empleo, proponiendo quede en su lugar el ayudante de la inspección, por tener necesidad muy urgente de atender asuntos particulares. Se acordó conceder la licencia y notificar el trámite al interesado y al ciudadano tesorero municipal.
Del ciudadano tesorero municipal, manifestando que el gerente de la Compañía Molinera “La Fronteriza” S. A. pretende hacer el pago de sus contribuciones por el presente mes, tomando por base el que ha estado pagando hasta el mes de junio anterior, y que no cree razonable aceptar dicho pago porque el presupuesto de ingresos vigente en su fracción 21 veintiuna a Molinos de nixtamal que usen fuerza eléctrica, tiene una cuotización de 20 veinte a 40 cuarenta pesos mensuales cada uno y los que usen de otra fuerza de 10 diez a 15 quince pesos mensuales cada uno, y sujetándose a la citada ley, número 24 veinticuatro, y en obvio de dificultades, tomando por base el mínimum, ha contestado que lo menos que puede aceptar y como depósito para aplicarlos al pago de contribuciones de los ocho molinos que él tiene manifestados y a reserva de que la Junta Calificadora haga la asignación correspondiente, es la cantidad de $160.00 ciento sesenta pesos y no la de $154.00 ciento cincuenta y cuatro pesos que pretende hacer la expresada Compañía. No obstante que el ciudadano presidente de esta H. corporación le ha ordenado verbalmente que lo acepte y que ya por segunda vez lo ha amenazado que precederá enérgicamente en su contra si no acata sus órdenes, haciendo comprender por último, que aceptando el mencionado pago como lo ordena el ciudadano presidente municipal se viola una ley y queriendo él aludir toda responsabilidad, ha pedido al ciudadano presidente una orden por escrito, a lo que se ha negado. Y pide a ésta H. Corporación, con el objeto de no incurrir en la desobediencia e insubordinación de que lo acusa el ciudadano presidente municipal y a fin de no violar la ley, se le diga oficialmente cómo deba proceder en el presente caso. Puesto a discusión se acordó transcribirlo al H. Congreso del Estado para los fines a que haya lugar.
Del ciudadano profesor Tiburcio Pinto, solicitando se libre orden a la Tesorería Municipal a fin de que se le dé un abono de la cantidad que éste municipio le adeuda en atención a las circunstancias económicas porque atraviesa y no encontrar manera de poder subvenir a las necesidades imperiosas de la vida, y además por tener enfermos en su casa. Después de discutido este asunto se acordó librar orden al ciudadano tesorero municipal para que abone la mayor cantidad que sea posible a todo el profesorado, y en particular al ciudadano Pinto; notificándose el trámite.
Del ciudadano Juan Zenizo, solicitando permiso para establecer en el portal situado al noreste de la plaza “La Libertad” un puesto de nieve y refrescos, según modelo que acompaña, solicitando también permiso para establecer otro puesto destinado al mismo objeto en el Jardín Independencia en donde se encuentra otro puesto, a cuyo propietario tiene comprada la concesión, para el caso de que éste H. Ayuntamiento le conceda el permiso que solicita. Adjunta además el modelo al cual debe sujetarse y proponiendo tomar especial esmero en sujetarse a las reglas de estética y comodidad necesarias para el público. Por mayoría, se acordó conceder el permiso que solicita para establecer dichos puestos el señor Zenizo, quedando pendiente asignarle la cuota que deba pagar hasta que la Junta Calificadora se la asigne. Notifíquese el trámite en respuesta y al Tesorería Municipal.