Libro:113, Acta:S/N, Periodo: 1942-1945
Fojas: 29v-31f
Clasificación: F42 Posición 2
Sesión: Ordinaria
Fecha:1943-07-19
Reunidos en el salón de acuerdos del H. Ayuntamiento los C.C. Mariano Orozco, Antonio García, Marcelino Mercado, Ambrosio Farías, Daniel Márquez, José Cortez y Carlos Rodríguez, la Presidencia declaró abierta la sesión.
La Secretaría dio lectura al acta de la sesión anterior, la cual fue aprobada por unanimidad y sin discusión.
La propia Secretaria informó a continuación a los miembros del Cuerpo Edilicio haber recibido del Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S. A. de la cuidad de Médico, un estado de cuentas con anexos en número de 4, que se refiere al crédito inmobiliario que por la cantidad de $445.800.00 que se concedió a dicha entidad. Asimismo informó la Secretaría de las proposiciones que hace el Banco acreedor para normalizar la situación en que se encuentra dicho crédito en los términos de los estados numéricos de referencia, las que consisten en destinar los sobrantes que se registren en las remesas que le envían la Junta Administradora del servicio de que se trata a cubrir los adeudos existentes a cargo de este Ayuntamiento, los que continuamente aumentan a causa de los intereses que devengan, englobándolos en un solo crédito unitario que se le habría de solicitar para pago de pasivo del que primeramente fue concedido a este H. Ayuntamiento en condiciones idénticas al que en el mismo existen. A continuación se dio lectura a las partidas que integran los estados de cuenta. Después de los votos, se tomaron las siguientes resoluciones:
Primero.- Se aprueba en sus términos el proyecto de contrato mercantil de préstamos hipotecarios para obra pública que celebrarán este H. Ayuntamiento y el Banco Nacional Hipotecario Urbano, en los términos previstos, por una cantidad de $452.000.00, que se sujetará a las siguientes bases:
a) Las cantidades que el Banco preste al H. Ayuntamiento causarán un interés de 4.5 % semestral e intereses moratorios en su caso de 1% mensual.
b) El préstamo se reembolsará al Banco en un plazo de 26 semestralidades, por el sistema de amortizaciones semestrales, pagaderas en abonos mensuales que comprenden capital y réditos.
c) El importe del préstamo se destinará a cubrir el pasivo que sea a cargo del Ayuntamiento y a favor del Banco; y el pasivo que por cualquier otro concepto reconozca el mencionado Ayuntamiento a favor del Banco. Asimismo se destinará a cubrir los gastos conexos con la documentación o inversión del crédito. La institución acreedora vigilará la inversión del crédito en los objetos aquí expresados.
Segundo.- Se autoriza a este H. Ayuntamiento para constituir a favor del Banco acreedor:
a) Hipoteca en primer lugar sobre el sistema de abastecimiento de agua potable considerado en su unidad total;
b) Fideicomiso irrevocable en el Banco acreedor sobre los ingresos que por concepto de impuestos, derechos, taxas, rentas u otros produzcan el servicio público;
c) Fideicomiso irrevocable de garantía en el Banco acreedor sobre las participaciones actuales o futuras que en impuestos federales correspondan al municipio de Colima, fideicomiso que entrará en vigor en el momento en que se produzca un deficiente en los pagos que el H. Ayuntamiento esté obligado a hacer por virtud del préstamo.
Tercero.- Se autoriza a este H. Ayuntamiento para que convenga con el Banco acreedor en que las cuotas de los impuestos, derechos e ingresos en general afectos en fideicomiso de garantía a favor de dicha institución, no podrán variarse sino con el consentimiento de ésta.
Cuarto.- Se autoriza a los C.C. Mariano Orozco y Marcelino Mercado, Presidente y Síndico, para que por sí o por medio de apoderado legalmente acreditado concurran al otorgamiento y firmen la escritura en que se harán constar los contratos, así como para que gestionen previamente con el Ejecutivo y de la Legislatura local la aprobación correspondiente a los mismos contratos. La repetida escritura se otorgará teniendo en cuenta las bases contenidas en el decreto que apruebe la apertura de crédito. A continuación ordenó a la Secretaría presentar desde luego a la Asamblea la minuta del decreto respectivo.
Se ordena remitan una copia de dicho decreto por conducto del C. Gobernador Constitucional del Estado a la H. Legislatura Local para los efectos de su aprobación o desaprobación en su caso.
La Presidencia habló para solicitar del Banco Nacional Hipotecario Urbano se condonarán las cantidades de $ 2,688.00 correspondiente a los intereses devengados por las partidas ejecutadas antes de la escrituración y la de $711.14, importe de los intereses moratorios devengados por las semestralidades vencidas aún por la Presidencia, se aprobó por unanimidad.
No habiendo más asunto que tratar, se levantó la sesión.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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