Reunidos en el salón de actos del H. Ayuntamiento, bajo la Presidencia del C. Blas Dueñas, Presidente de la misma Corporación, y con asistencia de los C.C. Santiago Buenrostro, Anastasio García, Adolfo Alcaraz, Ignacio Fuentes Álvarez, Miguel Madrueño, Manuel Lozano y Antonio Luna, Regidores en funciones, así como el C. J. Benjamín Ortiz, Munícipe electo, el citado Presidente del H. Ayuntamiento pidió que se declarara la sesión en Colegio Electoral, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley General para las elecciones de Poderes Legislativo, Ejecutivo del Estado y Ayuntamientos del mismo.
Aprobado que fue la petición del C. Dueñas se constituyó en sesión de Colegio Electoral para conocer de las elecciones verificadas el domingo diez y ocho de noviembre próximo pasado para munícipes impares que funcionarán del primer de enero de mil novecientos veintinueve al treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta.
Inmediatamente se procedió al nombramiento de la Mesa Directiva correspondiente, y hecha la elección, resultaron electos por mayoría, como Presidente, el C. J. Benjamín Ortiz y como Secretarios los C.C. Miguel Madrueño y Santiago Buenrostro.
Acto continuo se procedió al nombramiento de la Comisión dictaminadora respectiva, habiendo resultado electos los C.C. Adolfo Alcaraz, Ignacio Fuentes Álvarez y Manuel Lozano, quienes una vez que tomaron posesión de sus puestos, les fueron entregados los paquetes electorales respectivos, así como la documentación correspondiente a la Junta Computadora.
Constituido el Colegio Electoral en sesión permanente, la Comisión Dictaminadora procedió al estudio de los paquetes electorales, habiendo poco después presentado un dictamen cuya parte resolutiva termina con los siguientes puntos de acuerdo:
Primero. Son válidas y legales las elecciones verificadas en esta municipalidad, el domingo diez y ocho de noviembre próximo pasado, para la elección de munícipes impares, propietario y suplente respectivamente que funcionará durante el bienio de 1929 a 1930.
Segundo. Son de aprobarse y se aprueban las credenciales expedidas por la Junta Computadora rendida el 19 de noviembre del citado año, en favor de los C.C. J. Benjamín Ortiz y José Ruiz, como Regidores Propietario y Suplente respectivamente para el citado bienio de 1929 a 1930.
Tercero. Son Regidores Propietario y Suplente respectivamente los C.C. J. Benjamín Ortiz y José Ruiz, para integrar el H. Ayuntamiento de esta capital que funcionará del primero de enero de mil novecientos veintinueve al treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta.
Cuarto. Transcríbase la parte resolutiva de este dictamen al C. Gobernador Constitucional del Estado, H. Cámara Local y H. Ayuntamiento para los efectos de Ley, así como a los interesados, a fin de que el C. J. Benjamín Ortiz, rinda la protesta de ley, el 31 de diciembre del corriente año. Sala de Comisiones del H. Ayuntamiento, Colima, 10 de diciembre de 1928. La Comisión. Adolfo Alcaraz, Ignacio Fuentes Álvarez, Manuel Lozano. Rúbricas. Sometido a discusión el anterior dictamen fue aprobado por unanimidad y sin debate. En esta virtud, la Presidencia hizo la siguiente declaratoria: "Son munícipes impares los C.C. J. Benjamín Ortiz y José Ruiz, propietario y suplente respectivamente, al I. Ayuntamiento de esta ciudad, que funcionará del primero de mil novecientos veintinueve al 31 de diciembre de mil novecientos treinta.
Con lo que se dio por terminado el acto y dispuso la Presidencia se giren las comunicaciones que se ordenan, cesando en sus funciones este Colegio Electoral siendo las 13 horas cuarenta y cinco minutos del mismo día.