En la Ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las once horas del día trece de Diciembre de mil novecientos treinta y dos, reunidos en el salón de sesiones del I. Ayuntamiento de esta ciudad, los C.C. Zenaido Jiménez, Othón F. Bazavilvazo, Pablo Alamillo, Crispín Ríos, Rafael Ramírez Chávez y Pedro Espinosa, bajo la presidencia del C. Pablo Alamillo dio principio la segunda junta Previa del Colegio Electoral reunido para conocer el resultado de las elecciones ordinarias para la renovación del I. Ayuntamiento, verificadas el día 20 de Noviembre del presente año.
El Secretario Ramírez Chávez dio lectura del Acta de la Primera Junta, la que puesta a discusión fue aprobada.
A continuación el Secretario Bazavilvazo dio lectura a dos dictámenes, uno de la Gran Comisión y otro de la Unitaria, a las cuales fueron turnadas para su estudio y resolución las credenciales y documentación presentadas por los presuntos Munícipes, dictámenes que contienen los siguientes puntos de acuerdo:
El de la Gran Comisión: "Son válidas y legales las elecciones ordinarias que para la designación de Munícipes, pares e impares, Propietarios y Suplentes del I. Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad que funcionará durante los años de mil novecientos treinta y tres y mil novecientos treinta y cuatro se verificaron en este Municipio el domingo 20 de Noviembre del presente año. Por haber obtenido mayoría de sufragios se declara que son Munícipes Propietarios, segundo, tercero, quinto y sexto al I. Ayuntamiento de esta Capital durante los años 1933 y 1934, los C.C. Othón F. Bazavilvazo, Pablo Alamillo, Rafael Ramírez Chávez y Adolfo Preciado. Por las mismas razones se declara que son Munícipes Suplentes al I. Ayuntamiento Constitucional de esta Capital durante los años de 1933 y 1934 los C.C. José I. Castellanos, 2°, Benigno Cabezud, 3°, Zeferino Cano, 5°, y Simón Gutiérrez, 6°. Las Personas señaladas tomarán posesión de sus puestos el día primero de Enero del año entrante y funcionarán durante el periodo expresado y conforme a los reglamentos establecidos. Comuníquese a los interesados el acuerdo anterior para su conocimiento." El de la Comisión Unitaria conteniendo los mismos razonamientos que el anterior, pide la aprobación de las credenciales de los C.C. Miguel Saucedo y Crispín Ríos y Pedro Espinosa como Munícipes 1°,4° y 7°, Propietarios, así como los de los C.C. Zenaido Jiménez, J. Jesús Trillo y J. Jesús Neri, como suplentes de los anteriores en el orden que se mencionan. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 54 cincuenta y cuatro de la Ley Electoral en vigor, fueron puestos a discusión los citados dictámenes, habiendo sido aprobados por unanimidad haciendo la Presidencia la declaratoria respectiva.
No habiendo asunto que tratar se dio por terminada la misión de este Colegio Electoral, levantándose la presente acta.