Libro:104, Acta:S/N, Periodo: 1932-1933
Fojas: 2f-3f
Clasificación: F39 Posición 4
Sesión: Ordinaria
Fecha:1931-12-30
Reunidos los C.C. Manuel Larios, Ramón Guerra, Ezequiel Campuzano y Elías Topete, con objeto de celebrar la segunda Junta Previa a que se refiere el artículo cincuenta y cuatro de la ley invocada; dio principio la sesión del Colegio electoral.
El C. Secretario Guerra dio lectura al acta de la perima junta previa verificada el mismo día.
Acto continuo el propio Secretario dio lectura a dos dictámenes emitidos por la gran comisión y la Comisión Unitaria sobre la validez de las credenciales presentadas por los C.C. Manuel Larios, Ramón Guerra, Ezequiel Campuzano, José Flores y Elías Topete, los cuales terminaron con los siguientes puntos de acuerdo:
“Son válidas y legales las elecciones extraordinarias que para designar munícipes pares e impares, propietarios y suplentes del H. Ayuntamiento de esta ciudad que funcionará durante los años de mil novecientos treinta y dos y treinta y tres se verificaron en este municipio el domingo veintisiete del presente año.
Por haber obtenido mayoría de sufragios se declara que es munícipe impar número uno, propietario el C. Manuel Larios.
Por las mismas razones se declara que son munícipes impares, número tres y cinco propietarios los C.C. Ezequiel Campuzano y Elías Topete, respectivamente.
Exmunícipe par, número dos propietario el C. Ramón Guerra.
Son munícipes suplentes de los anteriores en su orden los C.C. Jesús Ponce, Enrique Alcaraz, Jesús López y Teodoro P. de León.
Las personas señaladas tomarán posesión de sus puestos el día primero de enero del año entrante y funcionarán durante el periodo expresado conforme a los reglamentos establecidos.
Comuníquese a los interesados el acuerdo anterior”.
El dictamen de la Gran Comisión finaliza con los siguientes puntos de acuerdo:
“Son válidas y legales las elecciones extraordinarias que para designar munícipes pares e impares, propietarios y suplentes del H. Ayuntamiento de esta ciudad que funcionará durante los años de mil novecientos treinta y dos y treinta y tres se verificaron en este municipio el domingo veintisiete del presente año.
Por haber obtenido mayoría de sufragios se declara que es munícipe par número cuatro, propietario el C. José Flores, para integrar el Ayuntamiento Constitucional de esta capital durante los años de mil novecientos treinta y dos y treinta y tres.
Por las mismas razones se declara que es munícipe par número cuatro, suplente al H. Ayuntamiento Constitucional de Colima el C. Macedonio Rodríguez.
Las personas señaladas tomarán posesión de sus puestos el día primero de enero del año entrante y funcionarán durante el periodo expresando, con forme a los reglamentos establecidos.
Comuníquese a los interesados el acuerdo anterior para su conocimiento.
Puestos a discusión los dos dictámenes anteriores, fueron aprobados en lo general y particular, haciéndose la declaratoria correspondiente por la Presidencia.
Enseguida se acordó que se verifique una junta el día treinta y uno del actual a efecto de que en ella se tome la protesta de ley a los nuevos munícipes conforme lo dispone el artículo cincuenta y cinco de la ley electoral, citándose para las tres horas.



                    

ISBN: 978-607-701-022-7
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