Acta de la sesión Pública Ordinaria celebrada por el H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Colima, el día veinticinco de Enero de mil novecientos cincuenta y cinco.
Presidencia del ciudadano Profesor Ricardo Guzmán Nava.
En la ciudad de Colima, capital del Estado del mismo nombre, siendo las veintiuna horas del día veinticinco de Enero de mil novecientos cincuenta y cinco, reunidos en el salón de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, los ciudadanos Regidores: Profesor Ricardo Guzmán Nava, Enrique Vadillo Nava, Teodoro Reyes Junior, Profesora Celsa Virgen, Salvador Anguiano Alcaraz e Ingeniero Roberto Solórzano A. y Pedro Cueva Chávez.
La Presidencia a cargo del señor Profesor Ricardo Guzmán Nava, declaró abierta la sesión dándose lectura a continuación al acta de la sesión anterior, que fue aprobada.
A continuación la secretaria dio cuenta con los siguientes asuntos en cartera: Véase en el acta.
El H. Cabildo tomó en cuenta la petición anteriormente expuesta y las razones que expusieron los introductores y acordó negar el permiso al C. Tomas Salazar, haciéndoles saber las ofertas que ellos le hacen para que ingrese a la alianza como introductor.
En uso de la palabra el regidor Ingeniero Roberto Solórzano informo que junto al andén del Jardín Núñez se encuentran diariamente estacionadas varias unidades propiedad de la cooperativa estrellas de occidente, que vienen utilizando en forma de garaje, habiéndose acordado por este H. Ayuntamiento se gire oficio a dicha cooperativa con el objeto de que proceda desde luego al retiro de dichos vehículos y busquen un local apropiado para esta clase de reparaciones y no entorpecer el tráfico de vehículos por esa calle.
En uso de la palabra el C. Presidente Municipal, señor Profesor Ricardo Guzmán Nava, hizo del conocimiento de los componentes del H. Cabildo, que en virtud de haber presentado la renuncia el C. Roberto Vázquez López del cargo que venía desempeñando de secretario de la junta municipal de reclutamiento de esta municipalidad y la cual le fue aceptada, es necesario que se nombre el sustituto para lo cual propone al C. Salvador Hernández Alcaraz.
En vista de lo anterior el H. Ayuntamiento acordó de conformidad lo anterior ordenando se le extendiera el nombramiento respectivo a partir de esta fecha.
El C. Regidor profesor Ricardo Guzmán Nava, informo al H. Cabildo ser necesario la aprobación del préstamo que se está gestionando ante el banco hipotecario y de obras públicas y al efecto propuso y se aprobaron las siguientes resoluciones.
Primera se autoriza a este H. Ayuntamiento Constitucional, para que contrate con el Banco Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S. A., de la ciudad de México, Distrito Federal, en los términos previstos en la Ley Orgánica de la mencionada institución nacional de crédito, un préstamo inmobiliario para obra pública, hasta por la suma de $300,000.00 trescientos mil pesos 00/100.m.n, cuya inversión se destinará a completar el importe del costo de construcción de las conexiones domiciliarias del sistema de saneamiento de la ciudad de Colima, de este Estado, en el concepto de que el contrato respectivo, se sujetara a las siguientes bases: A) las disposiciones del préstamo concedido, causaran una comisión de apertura de crédito del 1% por una sola vez, sobre su importe nominal, intereses del 4.25% semestral y moratorios del 1% mensual, sobre las sumas de dinero que este H. Ayuntamiento deje de enterar oportunamente al banco, durante el servicio de amortización del mencionado préstamo; B) se reembolsara en efectivo a la institución acreditada, dentro de un plazo hasta de 4 semestres por el sistema de amortización semestrales, pagaderos en abonos mensuales que comprendan principal e interese, pero la iniciación de su servicio de amortizaciones podrá diferirse hasta por el lapso de tiempo que permita la Ley orgánica de la propia institución; C)sus disponibilidades se destinaran, en primer lugar, a cubrir sus gastos de documentación e inversión y el resto, hasta agotarlas íntegramente, a la realización de los trabajos a que se refiere esta resolución, fin que constituye el objeto de inversión del préstamo que aquí se autoriza. La Institución acreditante vigilara la inversión de los fondos en las finalidades antes expresadas; y D) los trabajos deberán ser ejecutados por el contratista que ofrezca las mejores condiciones y garantías en el concurso que para ese efecto convoque el banco acreditante, con intervención de un representante de este H. Ayuntamiento.
Segunda a Séptima. Véase en el acta.
No habiendo mas asunto de que tratar se dio por terminada la sesión a las veintitrés horas veinte minutos, firmando para constancia el Presidente y Secretario.