Acta de la sesión pública de instalación del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, que funcionará durante el periodo comprendido del primero de Enero al treinta y uno de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco.
Acto seguido el propio Profesor Ricardo Guzmán Nava, hizo la siguiente declaratoria "Hoy Primero de Enero del año de mil novecientos cincuenta y cinco declaro legÃtimamente instalado el Honorable Ayuntamiento que funcionara en esta municipalidad, durante el periodo comprendido del primero de Enero al treinta y uno de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco".
A esta sesión asistió como invitado de honor el C. General de División; Jesús González Lugo, Gobernador Constitucional del Estado, quien hizo la declaratoria de la exposición de grabados contemporáneos organizado por la federación de Organizaciones Populares y la Escuela de Iniciación ArtÃstica en el Estado.
Acto seguido por unanimidad de votos fueron nombrados representantes del H. Ayuntamiento para integrar la junta de mejorar Materiales, Aguas Potables al C. Ingeniero Roberto Solórzano, y de la junta municipal de Reclutamiento ante la junta de reclutamiento del primer sector, el C. Teodoro Reyes.
Y siendo las doce horas con cuarenta minutos del mismo dÃa se suspendió la sesión, quedando citados los ciudadanos regidores para continuarla el lunes tres del presente mes a las veintiuna horas.
El C. Presidente declaró abierta la sesión, en la que se trataron y aprobaron los siguientes asuntos:
Primero: nombramiento de secretario del H. Ayuntamiento y de la Presidencia Municipal, a favor del C. Juan Oseguera Velázquez, quien estando presente rindió inmediatamente la protesta de Ley ante el C. Presidente Municipal.
Segundo: Acuerdo relativo para verificar las sesiones del H. Ayuntamiento, los dÃas lunes de cada semana a las veintiuna horas.
Nómbrese dos plazas de jueces calificadores, adscritos a la inspección General de policÃa con el objeto de que se encarguen de prestar la mejor atención a la sociedad, en el asunto de aspecto policÃaco y que sea de la competencia de este H. Ayuntamiento.
Nómbrese las juntas de mejoramiento moral, cÃvico y material en los lugares que no existan, asà como de reorganizar las ya existentes, con el fin de seguir la trayectoria del señor Presidente de la República.
En ejercicio de la facultad que le concede los artÃculos 42 y 43 de la ley Orgánica para la Administración Municipal, este H. Ayuntamiento acordó, expedir los siguientes nombramientos.