En la ciudad de Colima, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las diez horas del día diez de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, reunidos los presentes munícipes en el salón de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional de este lugar y bajo la presidencia del C. Ingeniero Arquitecto Rodolfo Chávez Carrillo, Presidente Municipal en funciones, se procedió a cumplimentar lo ordenado por el artículo 52, de la ley general para la elección de poderes legislativo, ejecutivo del estado y ayuntamientos del mismo se procedió a nombrar la mesa directiva, que estará compuesta de su presidente y dos secretarios, que funcionaran mientras esté constituido el colegio electoral, y recibiéndose varias proposiciones y resultando electos como presidente el C. Profesor Ricardo Guzmán Nava y como Secretario los C.C. Profesora Celsa Virgen e Ingeniero Roberto Solorzano A. Acto seguido y hecha la elección de la mesa directiva, se retiro el presidente municipal. A continuación se procedió a nombrar dos comisiones una de sus miembros compuesta por los C.C. Enrique Vadillo Nava; y Pedro Cueva y Teodoro Reyes la unitaria por el C. Salvador Anguiano Alcaraz, con el objeto de que dictaminen sobre las credenciales de los miembros que formaran el H. Ayuntamiento Constitucional para el periodo comprendido del 1° de Enero al 31 de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. Siguiendo el curso la presente sesión y su cumplimiento a lo ordenado por el artículo 54 de la precitada ley y teniendo en su poder los expedientes electorales, las comisiones citadas, procedieran a rendir su dictamen dándose lectura y después de discutirse fueran aprobadas así como las credenciales expedidas en favor de los C.C. Profesor Ricardo Guzmán Nava, Profesora Celsa Virgen, Salvador Anguiano Alcaraz e Ingeniero Roberto Solorzano A., como regidores propietarios, de la misma manera el C. Salvador Anguiano Alcaraz dictaminó sobre las credenciales de los componentes de la comisión, habiéndolas declarado validas y en los mismos términos que las anteriores, por encontrarse ambas ajustadas a la ley.
Por no haber más asuntos de que tratar, se dio por terminada la presente sesión, levantándose para constancia la presente acta que firman los que en ella intervinieron.