Bajo la Presidencia del C. Munguía y con asistencia de los Regidores Puente, Vázquez, Rodríguez y Orozco, se abrió la sesión a las 19 horas dando la Secretaría lectura a la acta de la anterior que fue aprobada sin discusión y por unanimidad.
Luego se dio cuenta con los siguientes que se despachó en lo económico.
El Juez del estado Civil se le acusa recibo de las noticias estadísticas de nacimientos, matrimonios y defunciones, correspondientes al año pasado, dícese copiadores de las actas de esos actos, y que ya se remiten al Gobierno para el archivo.
Acusa recibo al H. Congreso del oficio 636 de 12 de abril último, en que comunica la condonación que acordó en favor del C. Donato Dueñas del adeudo por impuesto a cantina y billares.
El Juez del Estado Civil acompaña noticias de estadísticas de fetos y de enfermedades trasmisibles registrados en el mes de abril último.
El Administrador de la Vacuna acompaña nota duplicada de las personas que en la ciudad fueron vacunados y revacunados en el mes de abril retro próximo y reseña las desinfecciones que practicó de los locales que ocuparon enfermos contagiosos.
Al H. Congreso se le manifestó quedar enterado de la condonación que acordó en favor del C. José Quevedo por su adeudo de botica correspondiente a los meses de enero al de abril de este año.
Se le contestó de enterado al C. Tomás López y Ocampo la participación que en circular de 5 de abril último hace de haber quedado fundada en la misma fecha, una Universidad Popular en la Escuela Nacional de Maestros domiciliada en San Jacinto, D.F.
En respuesta a la consulta relativa que hace el Fontanero Municipal en oficio de 6 de este, se le comunica el acuerdo de que deben pagar la nueva conexión que se haga con el caño grueso que se está tirando por la avenida Juárez, los interesados que tengan pajas de agua.
Se contesta de enterado y de que se da aviso a la Tesorería para los efectos correspondientes, el oficio del Supremo Tribunal de Justicia, en el cual comunica haber concedido al Secretario del Juzgado Menor de lo Criminal, C. Carlos Madrid Béjar, licencia para separarse de sus funciones, sin goce de sueldo, y nombra para sustituirlo al C. Gildardo Anguiano, quien tomó posesión el 1ero. de los corrientes.
Dictamen
La Comisión de Hacienda presentó el referente al corte de caja del mes de marzo anterior, proponiendo se apruebe y archive.
La Secretaría informó que había otras solicitudes de personas que quieren tener pajas de agua de la que corre para la alberca de la Escuela Normal Mixta. Se concedieron las solicitudes.
El C. Presidente manifestó que según un acuerdo del Ayuntamiento en que se aceptó la condición que el Gobierno fijó de que para conceder una paja de los que se trata era necesario la previa autorización de dicho Gobierno, procedía pedirla, toda vez que ya con estas solicitudes son cuatro con la que se suspendió del C. Teodoro G. Palomino, por no haberse tenido antes dicha autorización que aún no había sido concedida como condición.
Se autoriza la licencia con goce de sueldo al Juez del Estado Civil Porfirio Alcaraz y enterado de que lo sustituya el Presidente Municipal.
El mismo Presidente volvió a hacer uso de la palabra y dijo, que según informes que ha tenido de fuente segura y por constarle de propia observación, la Inspección de Ganados sólo aplica la ley relativa tratándose del vacuno que se embarca, cuando la misma ley hable de aganados, comprendiendo en este género a todos las especies como caballos, porcino, etc., resultando que diariamente salen de la ciudad muchos cerdos con destino al centro de la República sin pagar un solo centavo. Que en esta virtud propone que se cobre diez centavos por cada cerdo que se embarque.
Todos los Regidores estuvieron de acuerdo y aceptaron la proposición, disponiéndose que desde luego se comunicara al C. Inspector y a la Presidencia Municipal, en el concepto que el pago debe hacerse previamente a la salida de los cerdos.
Informe
El C. Presidente lo rindió respecto a que el día 4 del actual el Juzgado de Distrito en el Estado hizo a la Presidencia Municipal notificación del proveído que dicho Juzgado dictó en el juicio de nacionalización del edifico no. 42 de la calle de La Constitución de esta ciudad (edificio que fue obispado), promovido por el C. Agente del Ministerio Público Federal. Que en virtud se abstuvo la Secretaría del juzgado de dar la posesión que se había decretado.
Todos los munícipes quedaron conformes.
No quedando asunto de qué tratar, se levantó la sesión a las 20 horas.